En menos de una semana, la justicia ambiental en el país marcó dos hitos importantes. Primero con el fallo en primera instancia del Tribunal Superior de Ibagué que declaró al Parque Nacional los Nevados sujeto de derechos, convirtiéndolo en el primer parque nacional del país amparado bajo esta figura. Segundo, con la decisión en segunda instancia del Consejo de Estado la cual ordena un plan de restauración de la Bahía de Cartagena.
Ambas acciones encajan en una tendencia mundial que marca la transición de una justicia en la que el ser humano es el eje hacia una en la que se reconocen los derechos de la naturaleza. Colombia, de hecho, tiene una docena de sentencias que declaran ríos y ecosistemas como sujetos de protección, todas ocurridas en los últimos cuatro años (ver paréntesis).
Sin embargo, aunque ambientalistas y expertos en materia jurídica lo consideran un recursos necesario, hay hechos y conceptos como el de Gustavo Guerrero, director Centro de Estudios en Política y Legislación Ambiental de Colombia, que señalan que aún hay un tramo largo por recorrer para lograr una efectiva justicia ambiental.
Un fallo polémico
La sentencia del Tribunal Superior de Ibagué, determinó que los “daños y amenazas” que enfrenta actualmente el Parque Nacional los Nevados son a causa de la intervención del ser humano. El fallo menciona la deforestación, degradación, erosión y fragmentación ecológica a causa de actividades nocivas para el ambiente, como la ganadería extensiva, la expansión de la frontera agrícola, caza indiscriminada, minería, construcción de vías 4G y densidad poblacional humana.
Por eso, siguiendo los pasos de sentencias anteriores, el Tribunal le ordenó al Gobierno, ministerios involucrados (Ambiente, Minas), corporaciones autónomas y municipios con jurisdicción en la zona, conformar un comité y ejecutar un plan de recuperación y manejo del Parque en un plazo de cinco meses.
Sin embargo, este fallo tuvo la particularidad de señalar que “si se aspira a que todo el ecosistema del Parque se regenere y se conserve, se debe llegar a un estado cero de presencia humana”, y esto implica que no exista ninguna actividad agropecuaria, industrial, caza, pesca y ni si quiera tránsito vehicular.
Esto apunta hacia una dirección contraria a la dinámica de las sentencias anteriores en las que uno de los objetivos principales fue involucrar a la comunidad en las soluciones requeridas.
Por ejemplo, William Klinger, director del Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico, resalta que la declaración del río Atrato como sujeto de derechos, que fue la primera en el país, “se ha logrado la participación de habitantes de más de 20 municipios y se busca llegar a pobladores de 33 municipios en total”.
Por citar otro caso, la sentencia de la Amazonia, que busca combatir la deforestación y crear entornos de uso sostenible de los bosques, involucra actualmente a casi 3.000 familias indígenas y campesinas.
Por eso hay quienes señalan que, contrario a aportar soluciones, el fallo representa un retroceso en cuanto instala un falso dilema entre conservación e interacción entre ser humano y naturaleza.
Es de anotar que en el Parque hay pobladores en el sector de Arbolito, en la vía que conduce al volcán Nevado del Ruiz; o el caserío agrícola en Letras. “Paradójico que reconocer la condición de sujeto de derechos a un Parque Nacional suponga la pérdida de muchos de sus derechos para los pobladores humanos de esas áreas”, dice Ruiz, abogado y docente del Externado.
Campanazos a instituciones
En cuanto al fallo del Consejo de Estado que ordenó proteger la Bahía de Cartagena, es considerado histórico pues la sentencia señaló que luego de 37 años los responsables competentes para regular la contaminación de la zona, es decir, Minambiente, el Distrito, la Corporación Autónoma Regional del Canal del Dique y el Establecimiento Público Ambiental de Cartagena, no realizaron las acciones suficientes para proteger las áreas marinas y costeras, archipiélagos del Rosario y San Bernardo.
Para ello les da seis meses para diseñar el plan de restauración y entre 3 y 5 años para ejecutarlo y mostrar evidencias.
El asunto de fondo, opinan expertos como el biólogo Germán Andrade, es que la sumatoria de fallos posterga el urgente debate de reforma institucional para atender los asuntos ambientales del país, tarea entre la cual es necesario corregir la endémica desarticulación de las entidades involucradas en el Sistema Nacional Ambiental.
Solo por ilustrar este punto, Klinger cuenta que mientras Minambiente ha sido “absolutamente receptivo y activo para atender el fallo del Atrato, Minagricultura ha sido completamente apático. Si cada entidad va por su lado es imposible llegar a buen término cualquiera de estos procesos o los que vengan futuros”, piensa.
De Minambiente responden que “son respetuosos de las decisiones judiciales”, aunque reconocen que los plazos, la financiación y articulación son barreras difíciles de superar actualmente.
De cualquier modo, parece haber un camino trazado sobre el cual se avanza entre aciertos y errores. La constitucionalista Liliana Estupiñán ha asegurado que todas estas instancias sirven para “generar políticas públicas de protección del ambiente”, y esto no puede hacer más que repercutir en una ciudadanía más consciente de lo que tiene por ganar y perder en cuanto al entorno natural que la rodea.
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departamentos: Tolima, Caldas, Risaralda y Quindío, deben responder por la sentencia del Parque los Nevados.