Imagínese que espera en un semáforo el cambio de luces para avanzar, o tener el paso despejado para incorporarse a una glorieta. De repente, un distraído lo golpea por detrás y, adiós carro. Casos así se ven todos los días en una ciudad como Medellín, en la que el tráfico es cada vez más denso y complicado.
En lo que va de 2022 se han producido, según cifras de la Secretaría de Movilidad de Medellín, más de 32.000 accidentes de tránsito. Entre leves y graves, con daños menores, grandes, sin heridos o, desafortunadamente, con afectaciones y muertes. Esta última estadística ya supera las 200 víctimas fatales.
Uno de los casos más cotidiano es el de los choques simples o “solo latas”, como los llama la propia secretaría.
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Según la ley 2251 de julio de 2022, que busca evitar las congestiones por accidentes sin lesiones a personas, se propone gestionar de forma ágil el proceso de registro del accidente con un registro tecnológico, o sea, el celular, una tablet o cualquier instrumento que pueda tomar una fotografía o video digital y enviarlos remotamente para evitar la asistencia de las autoridades de tránsito, levantamiento de croquis o informes policiales.
“No importa si los vehículos involucrados tienen o no seguro, si el choque fue contra otro carro, una moto, una bicicleta, una casa, un poste o un semoviente, se actúa igual siempre y cuando no haya personas afectadas, se documenta el accidente mediante la toma de fotografías y videos en planos generales, donde se ve toda la escena, y planos cercanos de los daños. Cada aseguradora tiene un numeral, un contacto de Whatsapp y una aplicación para instalar en el celular y desde allí se indica el procedimiento a seguir”, dice Patricia Maldonado, asesora en seguros.
Según esta ley, siempre será bueno movilizarse con el celular cargado y con datos wifi activados para poder enviar las pruebas desde el lugar de los hechos y recibir el acompañamiento jurídico, eso sí, siempre y cuando el automotor esté asegurado.
Una vez terminados los registros, se procede a mover los vehículos, siempre y cuando se pueda, hacia un lugar seguro para permitir el flujo de tráfico y evitar las congestiones. Recuerde que si no lo hace podrá recibir a una multa por obstaculizar el tráfico, equivalente a $500.000 según el Código Nacional de Tránsito.
¿Y si el otro no...?
Independiente o no del coste del seguro, los expertos recomiendan tener un amparo para el vehículo y así evitarse dolores de cabeza al momento de una colisión, así sea leve.
“Cuando hay un choque, tengamos o no la culpa, el seguro se hace cargo. Ellos saben qué hacer y cómo actuar. En cambio, si no tenemos cobertura, todo correrá por nuestra cuenta, los arreglos de nuestro carro y las acciones legales que pueda emprender la parte afectada, que pueden derivar en embargos, afectaciones al patrimonio y hasta cárcel, dependiendo de la gravedad del incidente. La asistencia jurídica aquí es fundamental y esa la provee el seguro, va incluida en la póliza”, dice Juan Carlos Lemus, analista del área de automóviles en una aseguradora.
En este orden, si en un accidente el otro vehículo no tiene amparo, el seguro igual pagará el daño, sea o no culpables. “En caso de que el otro vehículo involucrado se dé a la fuga, deben tratar de recabarse los datos de este, como las placas, la marca, el color o el modelo, si es posible. Hay argumentos jurídicos que asisten al afectado para levantar denuncias e iniciar acciones legales para que responda. Incluso se puede obtener información de cámaras de vigilancia de la zona y otras acciones que se hacen con el acompañamiento de las autoridades”, apunta el abogado Néstor Valencia, asesor para una aseguradora.
Y dado el caso en el que en un accidente ninguno de los autos esté asegurado, ya será potestad de cada propietario hacer los acuerdos necesarios con la contraparte para ver cómo se responde o si cada cuál pagará sus afectaciones y seguirá su camino.
¿Pérdida total?
Hay accidentes que suponen una afectación tal sobre el vehículo que son declarados como “pérdida total” por las aseguradoras. Esto sucede, generalmente, cuando el costo de la reparación de los daños supera cierto porcentaje del valor del vehículo, según las tablas que tienen las entidades.
“Este caso se denomina Pérdida de Mayor Cuantía y se da cuando la aseguradora realiza un peritaje para evaluar los daños sufridos por el vehículo. Si se determina que el costo de su reparación en un taller autorizado y con repuestos originales, supera, entre el 60 y el 75% de lo que vale comercialmente el carro en ese momento, según el avalúo y las condiciones de cada aseguradora, se le paga el valor al asegurado según la cantidad, términos y condiciones que figuren en el contrato firmado por las partes.
Es decir, a este pago se le hacen unos deducibles y descuentos al tenor de cada póliza y su tabla de valores. Para que se haga efectiva esta indemnización es necesario que el auto esté al orden del día en su documentación y a paz y salvo por todo concepto tributario”, dice Patricia Maldonado.
El tiempo que se tarde en pagar la indemnización dependerá de la celeridad de los procesos y de las políticas de cada empresa aseguradora. Estas condiciones deberán estar consignadas en los términos de cada póliza, aunque, según las fuentes consultadas, tarda alrededor de un mes o cuarenta días en promedio.
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Si el auto aún está pagándose a una entidad financiera, se repartirá el pago por porcentajes según los valores cancelados por el propietario, así como si es por leasing o renting, casos en los cuales se le paga la totalidad a la entidad que matriculó el auto.
También es bueno saber que la aseguradora asume la propiedad del automóvil mediante traspaso a su nombre y puede comercializarlo bajo la figura de “salvamento” en subastas o mediante empresas especializadas en este tipo de ventas, que, claro, lo venden a un precio sensiblemente menor para que el comprador asuma la reparación. Incluso, algunos son nuevamente asegurables y pueden tener una segunda vida en otras manos . n