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Esto debe saber si quiere donar sus órganos en Colombia

En Colombia todas las personas pueden ser donantes, desde un niño hasta un adulto mayor. Con corte a septiembre de 2021 se habían realizado 660 trasplantes en el país (93 más que en 2020).

Cualquier persona puede hacerlo siempre y cuando sea bajo los criterios establecidos en la normatividad vigente y cumpla con las condiciones médicas según los órganos a donar.

  • La donación y el trasplante de órganos y tejidos están regulados por la Ley 9 de 1979, la Ley 73 de 1988 y el Decreto 2493 de 2004. FOTO ARCHIVO EL COLOMBIANO.
    La donación y el trasplante de órganos y tejidos están regulados por la Ley 9 de 1979, la Ley 73 de 1988 y el Decreto 2493 de 2004. FOTO ARCHIVO EL COLOMBIANO.
15 de octubre de 2021
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El trasplante de órganos y tejidos es un procedimiento médico que salva y mejora la calidad de vida de cientos de pacientes enfermos. En el país está permitida la donación altruista, voluntaria y desinteresada, tanto si se encuentra con vida como si fallece.

De acuerdo con Edwin Antonio Cárdenas Villamil, profesional especializado de la Dirección de Medicamentos y Tecnologías en Salud del Ministerio de Salud, durante el 2020, aún con la pandemia, las actividades de donación y trasplante no fueron suspendidas.

Así, hasta septiembre de 2021, según el Instituto Nacional de Salud (INS), se habían realizado 660 trasplantes de órganos (515 con donante cadavérico y 145 con donante vivo), 93 más que los alcanzados para el mismo período del 2020.

Si quiere ser donante

En Colombia se realizan todos los tipos de trasplantes que, en la actualidad, han demostrado eficacia y seguridad, tanto de órganos (riñón, corazón, pulmón, páncreas, hígado e intestino), de tejidos (córneas, válvulas cardíacas, osteomuscular, piel o membrana amniótica) y células madre hematopoyéticas (médula ósea, cordón umbilical o sangre periférica).

Si desea ser donante lo más importante es que lo informe a sus familiares o personas cercanas. Ellos deberán respetar su decisión e informarla al momento de fallecer.

Sin embargo, si lo desea también puede adquirir un carné con el INS haciendo clic aquí. Solo debe suministrar información básica, luego podrá descargarlo, imprimirlo y guardarlo. Además, en el mismo enlace puede manifestar su intención de no hacerlo.

“Dado que la realización de los procedimientos de trasplantes depende de la detección de los donantes, la invitación es a que manifestemos la voluntad de hacerlo a nuestros familiares para que una vez fallecidos, esta voluntad se cumpla y más colombianos puedan beneficiarse”, añade Cárdenas.

Una sola persona que done puede salvar hasta 75 vidas. El INS tiene habilitado el correo crtrasplantes@ins.gov.co para consultas adicionales sobre el tema.

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