Si usted tiene deudas en mora, a partir del próximo 31 de octubre tendrá la posibilidad de sentarse a negociar los términos para no entrar en la lista negra del sistema financiero, que afectará su vida crediticia.
Esto mediante la aplicación de la circular externa 026 de la Superintendencia de Financiera de Colombia (expedida el 29 de septiembre) para proteger al consumidor financiero en momentos de desaceleración económica.
Usted es elegible para este beneficio, si en los últimos seis meses la deuda no tuvo una mora consecutiva mayor a 60 días en microcrédito y consumo (tarjetas de crédito), o de 90 días para comercial y vivienda.
Para Santiago Castro Gómez, presidente de la Asociación Bancaria de Colombia (Asobancaria), “la circular nace de la necesidad de proteger al consumidor financiero de los impactos negativos que trae la desaceleración económica del país y puede generar sobre sus finanzas”.
La circular no debe ser vista como “un salvavidas”, “un regalo”, o como un mecanismo que le cambiará la calificación de riesgo al cliente. Tampoco altera la obligación de los intermediarios financieros de hacer provisiones. Eso sí, debe servir para que el deudor le pierda el miedo a mostrar en qué nuevas condiciones puede pagarle al financista.
Sin embargo, ni cliente ni banquero están obligados a hacer la modificación. El financista revisa la capacidad de pago del usuario, le propone las modificaciones en términos de plazo, tasas de interés, etc., y el usuario es quien decide si acepta o no.
Entidades como Bancolombia le indicaron a EL COLOMBIANO que apenas están estudiando la medida y que, en cuestión de dos semanas, sus áreas de crédito comenzarán a entregar información detallada a los usuarios.
Gracias a un periodo de transición, permite que este beneficio lo puedan solicitar deudores que en los 30 días anteriores a la entrada en vigencia de la norma, hayan cumplido con las condiciones establecidas.
La modificación debe considerar criterios de viabilidad, analizar la capacidad real de pago de los clientes y no abusar de los periodos de gracia. (Lapso de tiempo antes de iniciar o continuar la amortización parcial o total de la obligación).
¡Ojo! si le modifican las condiciones de su crédito por el beneficio en mención, pero cae en mora de 30 días, pasará a tener una reestructuración del crédito, es decir será reportado a las centrales de riesgo por su incumplimiento y se manchará su vida crediticia (mala calificación). De este estado solo podrá salir si luego hace pagos efectivos durante 18 meses en microcrédito, dos años en la línea de consumo y cuatro años para crédito comercial y vivienda.
El monto de la deuda no le bajará y el aumento o reducción de la tasa de interés queda a criterio de su financista.
La Superfinanciera aclara que esta norma “no es una amnistía. Es un nuevo procedimiento que se crea en el marco de las actividades de recuperación de la cartera de créditos”.