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Control jurídico y moral por las altas cortes

También hay que reconocer el ejercicio de control por parte del congreso, cuando con seriedad y precisión política y jurídica, se abstiene de aprobar proyectos de ley bastante discutibles para el Estado Social de derecho.

21 de febrero de 2025
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  • Control jurídico y moral por las altas cortes

Por Luis Fernando Álvarez Jaramillo - lfalvarezj@gmail.com

La gran debilidad del sistema presidencialista, especialmente en los Estados latinoamericanos, consiste en la ausencia del control político, pues el presidente de la República es jefe de Estado, de gobierno y de la administración, una triple categoría que le permite manejar casi que a su antojo todos los hilos del poder, en forma tal, que en técnica constitucional el sistema presidencialista degenera en un presidencialismo absorbente, en el que todas las expresiones del poder no solo se sujetan a la voluntad soberana del gobernante, sino que el legislador, máximo órgano titular del control político, termina por olvidar este deber constitucional, para limitarse a contemplar y consentir a los deseos y ejecuciones del ejecutivo, sin analizar conveniencias, ni responsabilidades, como sí sucede, por ejemplo, en el sistema parlamentario.

Sin embargo, para bien de las democracias tercermundistas, no existe una ausencia total de control, cuando la justicia y especialmente las altas cortes, mantienen su independencia, autonomía y capacidad de análisis de las decisiones tomadas por los demás órganos de poder, que de una u otra forma tienen que actuar conforme a derecho y a la moral administrativa, so pena de que la justicia, descalifique sus decisiones y los órganos autónomos de control, hagan lo propio con respecto a la responsabilidad disciplinaria y fiscal originadas en las decisiones de poder.

Desde el inicio del mandato del presidente Petro hemos sostenido que independiente de la evaluación sociopolítica de sus decisiones y ejecutorias, así como las adoptadas por el congreso, la institucionalidad en Colombia comandada por los altos tribunales de la justicia, continúa siendo garantía de la existencia y supervivencia del Estado Social de derecho. Es cierto, que en cualquier momento, quizás con ayuda de fuerzas extrañas provenientes de movimientos desconocidos, puede presentarse un peligroso atentado contra las instituciones, pero dentro del actual entorno nacional e internacional, no es fácil que algún órgano de poder se atreva a actuar por fuera de los lineamientos constitucionales.

Como lo han sostenido prestantes maestros del derecho, el gobierno y el congreso, como las altas cortes, adoptan decisiones con un importante contenido material de naturaleza política, jurídica y moral, con la diferencia de que las decisiones de los primeros dos poderes deben obedecer a motivaciones políticas y morales, mientras que los fallos de la justicia en defensa de la Constitución, se producen con fundamentos jurídicos y morales, como lo manda la Carta.

Las decisiones adoptadas por la Corte Constitucional con respecto a temas como el estado de conmoción en la Guajira, así como las del Consejo de Estado con relación nombramientos o elecciones de altos funcionarios, son una pequeña muestra del alcance jurídico, político y moral de dichos fallos.

También hay que reconocer el ejercicio de control por parte del congreso, cuando con seriedad y precisión política y jurídica, se abstiene de aprobar proyectos de ley bastante discutibles para el Estado Social de derecho. La institucionalidad colombiana tiene que comportarse con especial fortaleza jurídica y moral.

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