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Restitución de tierras: los retos y avances en 13 años

El deseo de miles de familias de retornar a sus tierras se mantiene vivo, a pesar de la violencia que se está agudizando en algunos territorios.

  • Originalmente, la Ley 1448 fue concebida para tener vigencia hasta 2021. Sin embargo, debido a la necesidad de continuar con los procesos de restitución, fue extendida por 10 años más. FOTO Juan Antonio Sánchez
    Originalmente, la Ley 1448 fue concebida para tener vigencia hasta 2021. Sin embargo, debido a la necesidad de continuar con los procesos de restitución, fue extendida por 10 años más. FOTO Juan Antonio Sánchez
02 de septiembre de 2024
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Desde su creación en 2011, la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras ha sido una medida esencial para reparar a las miles de personas que han sufrido el conflicto armado en Colombia, y la restitución de tierras ha sido parte fundamental de este proceso, entendiendo que en el país hay más de ocho millones de víctimas de desplazamiento forzado. La restitución, entonces, se basa en un enfoque de justicia restaurativa, que pretende reparar los daños causados a las víctimas, devolviéndoles sus derechos sobre la tierra que fueron forzados a abandonar o que les fue despojada, según la norma, entre el 1 de enero de 1991 y la fecha de promulgación de la ley en 2011.

En entrevista con EL COLOMBIANO, Paula Villa, directora jurídica de la Unidad de Restitución de Tierras (URT), habló sobre los avances y dificultades que hay en estos procesos durante los últimos años. Villa explicó que el proceso de restitución tiene varias etapas, comenzando con una fase administrativa donde la URT investiga y verifica si los casos cumplen con los requisitos legales. Luego vienen los casos aprobados, que pasan a ser evaluados por jueces especializados, quienes deciden si procede la restitución de las tierras o si deben aplicarse medidas alternativas, como compensaciones.

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“La restitución de tierras es mucho más que devolver propiedades; es restaurar derechos y dignidad a quienes han sufrido los horrores del conflicto”, explica Villa y agrega que “el proceso de restitución comienza con la investigación de cada caso para asegurarnos de que cumpla con los requisitos. Luego, si procede, los casos son presentados ante jueces especializados que deciden si se debe restituir la tierra o aplicar medidas alternativas”.

Este proceso ha sido crucial para implementar el Acuerdo de Paz de 2016, el cual “no solo es un compromiso legal, sino que es una hoja de ruta para construir un país más justo y en paz. La restitución de tierras es clave para cumplir con este objetivo”, dijo.

Según Villa, en lo que va de este Gobierno —desde agosto de 2022 hasta julio de 2024—, la URT ha registrado avances importantes, pero la exacerbación de la violencia ha dificultado el proceso.

“Hemos recibido 15.459 solicitudes de restitución en la ruta individual y hemos inscrito 6.281 casos en el registro de tierras, lo que equivale a aproximadamente a 116.325 hectáreas entregadas”, detalló. Explicó que la magnitud de las solicitudes recibidas busca abarcar un mayor número de casos, aunque esto signifique que los procesos de entrega sean mucho más lentos.

“No es solo una cuestión de números, es el reconocimiento de derechos”, agregó.

En un reciente informe sobre la implementación del Acuerdo Final de Paz, la Defensoría del Pueblo puso de manifiesto un avance desalentador y lento en varias áreas cruciales, con un énfasis particular en la restitución de tierras. Ante esto, Villa recordó la complejidad de los procesos de restitución, especialmente cuando hay segundos ocupantes. Sobre eso, dijo que “uno de los mayores desafíos en el proceso de restitución ha sido la atención a los segundos ocupantes, generalmente de buena fe y sin relación con hechos de violencia” y que “la Corte Constitucional nos ha ordenado proteger a esta población vulnerable”.

“Si un segundo ocupante tiene como principal fuente de ingreso lo que produce en un predio reportado como despojado, la Unidad no procederá a evacuarlo, pues no tendría sentido generar un hecho victimizante con el fin de solucionar otro. En esos casos se busca negociar con ambas partes una restitución en un territorio diferente, lo que complejiza aún más el proceso”, añadió la funcionaria.

Sin embargo, por otro lado, está la exacerbación del conflicto, que con su escalamiento en los últimos años ha hecho la tarea mucho más difícil, por lo cual “hay territorios en los que efectivamente la situación es muy compleja y hay que proteger ante todo la vida de las víctimas y la vida de los colaboradores de la URT”.

Aun así, la violencia no solo dificulta las labores en territorio, sino también el proceso de retorno de las víctimas. “Esto nos afecta profundamente, incluso en la posibilidad de que las personas sientan tranquilidad en el retorno. Pero hay un sentir muy fuerte de querer retornar, de querer volver incluso en circunstancias complejas que se están viendo en algunos de los territorios en este país”, agregó.

No obstante, Villa reconoció que la presencia de la institucionalidad en estos territorios es la que crea la seguridad, tanto desde el trabajo con otras organizaciones gubernamentales como el trabajo con miembros de la comunidad.

“Hemos aprendido a reconocer que el conflicto armado tiene múltiples dimensiones y por eso nuestra apuesta está en trabajar con la comunidad, para reconocer las particularidades de cada territorio. Lo que estamos haciendo es presencia institucional aún en escenarios altamente complejos, considerando que con la presencia vamos a tener posibilidades de reducir ese escalamiento del conflicto y las circunstancias que lo generan”, manifestó Villa.

Hasta la fecha, la URT ha beneficiado a 2.009 familias, ha ordenado la restitución de casi 60.000 hectáreas y ha implementado 3.774 proyectos productivos. Cifras que esperan mejorar en el campo colombiano de acá a 2031, cuando termine la vigencia extendida de la Ley 1448.

Los segundos ocupantes

Para hablar de los segundos ocupantes en el proceso de restitución de tierras en Colombia, se distingue entre “buena fe exenta de culpa” y “buena fe simple”. La primera exige que los propietarios demuestren que adquirieron la tierra sin relación con actos de violencia y actuaron de manera correcta a la hora de obtener el predio. En estos casos, los jueces pueden ordenar compensaciones. Por otro lado, los “segundos ocupantes”, que obtienen tierras de buena fe, pero sin haber hecho previa verificación, o haberse aprovechado incluso de las circunstancias, no reciben compensación. Como es el caso de empresas que han perdido tierras al no poder probar su “buena fe exenta de culpa”.

Para leer más noticias sobre política, paz, salud, judicial y actualidad, visite la sección Colombia de EL COLOMBIANO.

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