Era el 10 de octubre de 2023 cuando el presidente Petro, en una visita a Tumaco, Nariño dijo: “En el modelo de sustitución propuesto por Santos, la plata no llegó, las administraciones contrataron unos intermediarios que llaman operadores, metieron la plata en fiducias y los operadores se tumbaron la plata. ¿O no? Los operadores se tumbaron la plata de los campesinos, es decir, la política de sustitución de cultivos generada en el gobierno Santos es un acto de corrupción y hay que decirlo”.
Estas declaraciones fueron rechazadas por exfuncionario del Gobierno de Santos. Tanto fue, que al día siguiente-11 de octubre-Rafael Pardo, exconsejero del posconflicto y Eduardo Díaz Uribe, exdirector del programa de sustitución, radicaron un derecho de petición ante el Consejo de Estado solicitando la rectificación.
En el recurso, los exfuncionario advertían que se le habían vulnerado sus derechos fundamentales de la honra y el buen nombre. Pedían que el presidente aclarara sus afirmaciones o, que de lo contrario, en el mismo espacio, hiciera una retractación pública.
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Además en una carta publicada en sus redes sociales, Rafael Pardo detalló el funcionamiento del Programa para despejar el manto de dudas. “El presidente está o mal informado o recibió chismes. O sencillamente no le importa mentir”, escribió el exconsejero.
Ahora, el Consejo de Estado destrabó el asunto y le dio un plazo de 48 horas a la Presidencia de la República para que respondan al derecho de petición y en su defecto rectifique sus señalamientos.
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”Así las cosas, no cabe duda de que se vulneró el derecho fundamental de petición de Rafael Pardo Rueda y Eduardo Diaz Uribe. como quiera que la Presidencia de la República no contestó la petición formulada el 11 de octubre de 2023 a través de la red social X”, se lee en el fallo del alto tribunal.