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La desnaturalización de la tutela en salud

Hoy la mayoría de las tutelas en salud reclaman oportunidad en el servicio por limitaciones en la capacidad de respuesta del sistema, producto de problemas estructurales comunes en todo el mundo que no tendría sentido tratar de resolver por esta vía.

13 de julio de 2024
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  • La desnaturalización de la tutela en salud
  • La desnaturalización de la tutela en salud

Por Luis Gonzalo Morales Sánchez - opinion@elcolombiano.com.co

La Corte Constitucional de Colombia en su página de estadísticas www.corteconstitucional.gov.co/lacorte/estadisticas.php presenta el acumulado de las tutelas en salud entre 2019 y 2024. Esto sugiere que este instrumento creado por la Constitución de 1991 para proteger el derecho a la salud, ha perdido la esencia para la que fue creado y debería ser ajustado.

Este reporte revela que, de cada 100 tutelas en salud, 74 son para exigir una mayor oportunidad en la prestación del servicio, en su orden tratamientos (34), medicamentos (23) y citas médicas (17); 22 para reclamar una atención integral, y las 4 restantes por otras causas.

Quiere decir que dos tercios de las tutelas se originan por la insuficiencia de recursos técnicos y humanos para ofrecer el servicio en un menor tiempo, y no por su negación como ocurría anteriormente. Es un fenómeno que ocurre por igual en todo el mundo, inclusive aún con mayor severidad que en Colombia, en países desarrollados como Inglaterra, España y Alemania, cuyo resultado son listas de espera de pacientes.

Las razones para que se generen estas colas surgen del creciente envejecimiento de la población y el mayor acceso financiero a estos servicios que se ha dado a nivel global, en especial en Colombia después de 1993. El resultado es que la demanda de servicios de salud crece más rápido que la capacidad de los Estados para aumentar los recursos de infraestructura, tecnológicos, humanos y financieros para atenderlos.

Esto significa que hoy en Colombia la inoportunidad de los servicios, y en todo el planeta, se debe a causas estructurales que es imposible remediar de un día para otro, que exigen cuantiosas inversiones y quizás décadas para poder hacerlo. Bajo ninguna circunstancia esta realidad podría ser considerada una violación de un derecho humano, y menos que sea un juez quien diga cómo y en cuánto tiempo debería resolverse. Es una clara desnaturalización de la razón de ser de la tutela en salud.

Por su parte, el tratamiento integral responsable del 22% de las tutelas, es otra distorsión de los motivos para recurrir a la tutela. El juez ordena que se brinde un tratamiento completo sin especificar a que se refiere exactamente, dando lugar a que sea el paciente quien lo interprete y bajo lo cual exige trasporte, alimentación, alojamiento, cuidadores y educación, entre otros. Si bien, nadie discute que estos son indispensables para mejorar la salud de una persona, no son servicios de salud y por ende no deberían ser financiados con los recursos del sector.

Lo anterior señala que hoy el 96% de las tutelas en salud, se motivan en limitaciones propias del desarrollo social y económico de una nación, que no tiene sentido pretender resolver con la decisión de un juez. Esto además de crear falsas expectativas en la población, contribuye a deslegitimar el sistema de salud y a su mayor deterioro. La Corte está en mora de revisar este asunto para evitar que el sistema se siga desmoronando.

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