La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) formuló pliego de cargos contra cuatro empresas por la presunta adulteración de leche con lactosueros, con lo que estarían vulnerando la libre competencia y la protección del consumidor.
Los procesos se iniciaron contra Gloria Colombia, Lactalis Colombia (Parmalat), Sabanalac y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lácteos (Hacienda San Mateo), para determinar si habrían realizado presuntos actos de competencia desleal de engaño y violación de normas, al presuntamente adicionar lactosuero a la leche entera higienizada (UAT).
La investigación se inició luego de que la SIC recibiera varias denuncias - algunas de ellas anónimas - por la adición de lactosuero a la leche entera higienizada UAT, comercializada por las empresas productoras y comercializadoras del producto.
“En el marco de la actuación administrativa esta autoridad evidenció que las empresas Gloria Colombia, Lactalis Colombia (Parmalat), Sabanalac y Compañía Procesadora y Distribuidora de Lácteos (Hacienda San Mateo) presuntamente habrían adicionado lactosuero a la leche entera higienizada UAT comercializada desde el año 2020”, se lee en un comunicado de la la SIC.
Igualmente se mencionó que para acreditar la adición de lactosueros a la leche entera higienizada por parte las investigadas, la SIC realizó, entre otras actuaciones, visitas de inspección en conjunto con el Invima en las que se tomaron distintas muestras que fueron analizadas por esa entidad. Así, los resultados de las pruebas realizadas por el Invima demostraron la presencia de lactosuero Caseino Macro Péptido (CMP) en algunas de las muestras analizadas en grandes cantidades en comparación con el valor promedio de 30 μg/ml (microgramos por mililitro), utilizado como referencia para la leche cruda (sin higienizar).
Según la SIC, esas pruebas demostrarían que las empresas investigadas sí habrían adicionado lactosuero (CMP) al momento de producir la leche entera higienizada UAT que comercializan en el mercado.
“Con estas conductas las investigadas estarían incurriendo en actos desleales de engaño (art. 11 Ley 256 de 1996) frente a los consumidores finales pues estarían vendiendo un producto que se publicita como leche, pero al que se le han adicionado grandes cantidades de lactosuero sin informar dicha circunstancia al consumidor”, anotó la SIC.
Adicionalmente, las empresas investigadas estarían incurriendo en actos desleales de violación de normas (art. 18 Ley 256 de 1996) por haber infringido las prohibiciones establecidas en el artículo 14.1 del Decreto 616 de 2006 y en el artículo 8 de la Resolución No. 2997 de 2007 del Ministerio de Salud y Protección Social, normas que prohíben en forma absoluta la adición de lactosueros a la leche en todas las etapas de la cadena productiva.
Para el desarrollo de estos procesos la SIC trasladará la decisión al Invima y al Ministerio de Salud para efectos de que ejerzan su competencia en esta materia en lo concerniente a la fijación de la línea base del límite de control superior de CMP en leche en Colombia, dada la relevancia que este punto de referencia tiene para el ejercicio adecuado de las actividades de inspección, vigilancia y control, así como para la adecuada protección de los consumidores de leche higienizada UAT en Colombia.
“De encontrarse probadas las conductas, esta autoridad (la SIC) podrá imponer multas hasta de 100.000 salarios mínimos ($100.000 millones) por cada conducta, o incluso mayores de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 67 de la Ley 2195 de 2022”, advirtió la superintendencia, entidad que agregó que contra esa decisión no procede ningún recurso.
Investigación de protección al consumidor
De otro lado, la SIC inició otra investigación en contra de Gloria Colombia, por las presuntas vulneraciones al régimen de protección al consumidor, específicamente a las normas sobre calidad e información, en el marco de la fabricación y comercialización de leche.
La superintendencia reconoció el contenido mínimo de lactosuero presente de forma natural en la leche cruda de bovino: “Pese a que en Colombia no existe una línea base, definida legalmente, para establecer cuándo una leche ha sido adicionada con lactosuero, existen dos documentos técnicos elaborados por el Invima, y Colombia Productiva, que fijan un valor promedio del contenido de lactosuero que podría tener la leche por su composición natural”.
No obstante, la SIC mencionó que “una vez analizando todo el material probatorio, se pudo determinar que presuntamente, las leches fabricadas y/o comercializadas por Gloria Colombia, evaluadas en las pruebas citadas en el acto de apertura, superan el valor promedio de concentración CMP en leche cruda, establecido como posible valor de referencia por el sí, y de Glicomacropéptido de Caseína (c-GMP) por litro de leche cruda, referido por Colombia Productiva, como valor promedio de contenido de GMP en estado natural de la leche, lo cual, sumado a la información suministrada por la mencionada sociedad al momento de ofrecer las leches que pone a disposición de los consumidores, podría constituir una violación a lo dispuesto en los artículos 6 y 23 de la Ley 1480 de 2011, que exigen a los productores y proveedores, garantizar la calidad ofrecida y suministrar información clara, veraz, suficiente y precisa sobre los bienes y servicios que fabrican y/o comercializan”.
De esa manera la entidad oficial considera que los productos analizados no tendrían la calidad que se espera de este tipo de productos, ni la atribuida en la información suministrada por la sociedad investigada, pues, los niveles de CMP y Glicomacropéptido de Caseína encontrados, parecen indicar que a estas leches les fue adicionado lactosuero, lo que implicaría una modificación de las características inherentes de la leche y, por tanto, podría constituir una violación a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 1480 de 2011.
De confirmarse la vulneración por parte de Gloria Colombia de estas irregularidades se podrían imponer multas hasta por 2.000 salarios mínimos ($2.000 millones) por cada infracción. Contra el acto administrativo de formulación de cargos no procede ningún recurso.
Responde Gloria Colombia
La compañía lechera rechazó los señalamientos sobre la presunta adulteración de leche hechos por la SIC, señalando que la acusación está generada anónimamente y pretende cubrir con un manto de duda a una empresa con más de 50 años de trayectoria, tiempo en que se ha distinguido por sus buenas prácticas de manufactura dentro del estricto cumplimiento legal y con reconocida calidad de los productos que comercializa.
Para la empresa resulta de particular relevancia tener presente que para determinar la adición de lactosueros a la leche se requiere una metodología de medición y una línea base que hoy no existe en Colombia, como la misma superintendencia lo informa. “Por lo anterior, este señalamiento carece de fundamento técnico”, indicó Gloria Colombia en un comunicado.
“La resolución publicada en medios se soporta en meros indicios. Entre otros, se menciona la presencia de la molécula GMP en la leche, componente que surge de manera natural y que de ninguna manera concluye la adición de lactosuero, el cual no tiene un efecto negativo en la salud humana. Paradójicamente, dentro de los indicios se menciona la diferencia en precios al consumidor de las marcas producidas por la compañía, desconociendo el esfuerzo que se realiza por ofrecer productos de alta calidad a precios asequibles a los consumidores colombianos”, agregó la empresa lechera.
Así mismo, Gloria Colombia se declaró dispuesta a colaborar con las autoridades para esclarecer los hechos y continuará apoyando para que el sector privado y el Gobierno concluyan la definición de los parámetros objetivos, que garanticen el acceso a leche de calidad como la merecen los colombianos.