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Por cambios en el 4x1000 ya no tendrá que marcar una cuenta como exenta, ¿cómo funcionará la medida?

Las modificaciones a este impuesto comenzarán a aplicarse a partir del mes de diciembre. Actualmente, los colombianos que tenían varias cuentas bancarias debían elegir a cuál de todas no se le cobraba este valor.

  • A partir del mes de diciembre habrán cambios en el recaudo del 4x1000. Foto: Colprensa
    A partir del mes de diciembre habrán cambios en el recaudo del 4x1000. Foto: Colprensa
14 de noviembre de 2024
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El 4x1000, un impuesto que afecta los movimientos financieros de los colombianos, sufrirá cambios a partir del 13 de diciembre, esto debido a la reforma tributaria que fue aprobada en el 2022. Una de las nuevas medidas consiste en que ya no será necesario marcar una de las cuentas como exentas, sin embargo, habrá un nuevo requisito para este cobro.

El Gravamen de Movimientos Financieros, o conocido como el 4x1000, es el impuesto en el cual los colombianos deben pagar 4 pesos por cada 1.000 pesos que hagan parte de una transacción. Este se le cobra a todas las personas que tengan una cuenta con una entidad financiera.

Los bancos son los encargados del recaudo de este tributo, quienes luego de recoger esta contribución giran el dinero al Gobierno Nacional. El impuesto comenzó hace más de 20 años como una medida temporal, sin embargo, sigue estando vigente debido a “su facilidad de recaudo”.

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Para el recaudo de este tributo, los colombianos que tienen varias cuentas bancarias deben de elegir una de ellas y marcarlas como exentas de este impuesto, este proceso se hace a través de la respectiva entidad financiera a la que pertenece el producto.

Este procedimiento seguirá así hasta el 12 de diciembre, pues de acuerdo a la Ley 2277 del 2022 que corresponde a la reforma tributaria aprobada en el Congreso de la República en el año 2022.

¿Cómo funcionará el nuevo 4x1000?

Según el artículo 65 de este acto legislativo, las entidades financieras, sean bancos o cooperativas, “deberán adoptar un sistema de información que permita la verificación, control y retención del Gravamen a los Movimientos Financieros en los términos del artículo 879 del Estatuto Tributario de forma que se permita aplicar la exención de trescientos cincuenta (350) UVT mensuales señalada en el numeral 1 del artículo 879 del Estatuto Tributario sin la necesidad de marcar una única cuenta”.

De acuerdo con esto, las personas podrán tener todas las cuentas libres de este gravamen, siempre y cuando el total de movimientos en el mes no supere el límite de 350 unidades de valor tributario, lo cual corresponde en este año a 16.472.750 pesos.

Con la aplicación de la nueva normativa, ahora son los bancos los responsables de identificar los topes. En caso de que identifiquen la superación del límite, deberán hacer el respectivo cobro.

Un ejemplo de este cambio es si la persona tiene tres cuentas y en cada una maneja un monto de transacciones al mes de 4 millones, con la normativa actual solo puede marcar una cuenta como exenta y en las otras dos se hace el cobro, así no se supere el límite de los 350 UVT.

Con la nueva legislación, debido a que el total de las tres cuentas son 12 millones, en ninguna se le haría el cobro del tributo, pues estaría por debajo del monto establecido por la reforma.

Esta modificación comienza a regir a partir del 13 de diciembre, ya que en dicha reforma se estableció que lo establecido en ese acto legislativo empezaría a aplicar pasados dos años a la sanción de la reforma, algo que ocurrió el 13 de diciembre del 2022.

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