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La canción +57 si vulneró los derechos de niños y niñas según el Consejo de Estado

El alto tribunal negó la tutela que pedía eliminar la canción de las plataformas digitales, pero admitió que si vulneró los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

  • La canción +57 fue lanzada el 7 de noviembre de 2024 y modificada por los artistas el 13 de noviembre. Foto tomada del video oficial de la canción.
    La canción +57 fue lanzada el 7 de noviembre de 2024 y modificada por los artistas el 13 de noviembre. Foto tomada del video oficial de la canción.
08 de abril de 2025
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Apenas ocho días después del lanzamiento de la polémica canción +57 en noviembre del año pasado, los señores Ramit Osorio Peña y Daniel Eduardo De Castro Marriaga elevaron una acción de tutela contra los artistas involucrados exponiendo que la frase “mamacita desde los fourteen” en el contexto de la canción atenta contra los derechos de los NNA.

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Los demandantes señalaban que la canción incluía “tratos, peyorativos, denigrantes, crueles e inhumanos en contra de los DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES (sic) de todo el territorio nacional, fomentando con esto, (sic) la violencia de género, la sexualización de menores de edad y más si se analiza el entorno social done (sic) se realizó el lanzamiento de la canción [...]”.

Y requerían, entre otras cosas, “el retiro del contenido audiovisual de las plataformas digitales”.

Finalmente el Consejo de Estado negó la tutela, pues ya la letra de la canción había sido modificada, pero advirtió que la canción si vulneró los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

“Si bien la Sala constató que la letra fue posteriormente modificada y se reemplazó dicha expresión por “mamacita desde los eighteen” —lo cual elimina la referencia a menores de edad—, concluyó que mientras la versión original estuvo disponible, sí se produjo una afectación a los derechos fundamentales de esta población, comprometiendo su dignidad humana”, se lee en el fallo.

Entre los demanados en el proceso estaban Daniel Echavarría Oviedo (Ovy on The Drums), Bryan David Castro Sosa (Ryan Castro), Carolina Giraldo Navarro (Karol G), Dylan Ferney Zambrano Montaño (DFZM), José Álvaro Osorio Balvin (J Balvin), Juan Luis Londoño Arias (Maluma), Kevin Mauricio Cruz Moreno (Keityn), Salomón Villada Hoyos (FEID) y Stiven Mesa Londoño (Blessd).

En el documento se lee también que Carolina Giraldo Navarro y José Álvaro Osorio Balvin “solicitaron que se declare la carencia actual de objeto por hecho superado, teniendo en cuenta que, el 13 de noviembre del 2024 lanzaron una modificación a la letra de la canción, cambiando la expresión “mamacita desde los fourteen” por “mamacita desde los eighteen”, por lo que, a su juicio, no existe vulneración actual a los derechos fundamentales alegados.

La polémica por la canción fue tal, que los artistas salieron casi de inmediato a pedir disculpas y a tomar las acciones correspondientes.

“Ninguna de las cosas dichas en la canción tienen la dirección que le han dado, ni se dijo desde esa perspectiva, pero escucho, me hago responsable y me doy cuenta de que todavía tengo mucho por aprender”, dijo entonces Karol G.

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Otros de los artistas que participaron en la canción también respondieron a la polémica.

“A la hermanita no la van a coger de tema, acá ya es otro sistema si se meten con uno nos metemos todos...c y mejor no escribo más porque sale la presidencia nuevamente”, dijo J Balvin.

Por su parte, Blessd y Ryan Castro respondieron juntos a través de un video difundido a través de sus redes sociales. “Sabe qué, caravana, si no le gusta el tema, ‘paila’, no lo escuche, que yo me siento con él bien así. No estoy pendiente del que dirán”, dijo Blessd. “Desde que yo esté bien que gire el mundo a mi alrededor. Nada asara parcero, piense lo que quiera que eso a mí no me importa”, dijo Ryan Castro.

Así, aunque antes del fallo ya se habían tomado las medidas correspondientes –se había cambiado la letra de la canción, y Karol G, la artista principal, había pedido disculpas– lo que dice el alto tribunal responde a este tipo de discurso sexuales tan comunes en el reguetón cuando están relacionados con menores de edad y deja en claro cuales son las afectaciones que generan.

Y en otro punto exhorta puntualmente a los artistas “para que, en lo sucesivo, eviten difundir o publicar composiciones musicales, que transgredan los derechos fundamentales de los niños, niñas y adolescentes”, concluyó el Consejo de Estado.

“Esta Sala considera que, la difusión de una canción que sexualiza a los menores de edad constituye una grave vulneración de su derecho fundamental a la dignidad humana (...) La sexualización temprana cosifica a los menores, los reduce a objetos de deseo y los expone a riesgos que pueden afectar gravemente su desarrollo. Este tipo de conductas contraviene el principio del interés superior del menor, el cual exige que todas las decisiones y actuaciones que les conciernan se adopten considerando su bienestar y protección integral”, concluyó el Consejo de Estado.

Por ahora ninguno de los artistas se ha pronunciado al respecto.

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