El Ministerio de Salud anunció que está disponible para consulta pública y ciudadana el proyecto que modifica el Decreto 780 de 2016 que regula el acceso seguro e informado al uso medicinal del cannabis y su planta.
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De esta manera, la cartera de salud busca garantizar la participación ciudadana en la elaboración de proyectos específicos de regulación.
Para la elaboración del proyecto de decreto han mantenido reuniones los ministerios de Salud, de Justicia y de Agricultura en conjunto con el Fondo Nacional de Estupefacientes y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima).
En las concertaciones se abordó el objetivo de modificar la normativa para permitir el uso medicinal del cannabis —entendido como el fruto de la planta— como producto terminado con fines médicos, respaldado por la evidencia científica disponible y que avale su potencial terapéutico en ciertas condiciones médicas.
Según informó el ministerio, con la modificación de ese decreto de 2016 el Gobierno Nacional busca garantizar el acceso a productos de cannabis con fines médicos en forma segura, eficaz y de manera regulada para aquellas personas que tengan condiciones que ameriten su uso.
El proyecto, que estará disponible para consulta pública en la página del Ministerio de Salud hasta el próximo 4 de octubre a las 6 de la tarde, puede consultarlo en este enlace.
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Entre las modificaciones que propone el borrador, están las definiciones del producto fiscalizado y del producto terminado.
El primero, se define como el producto que “contenga una cantidad de tetrahidrocannabinol (THC) incluyendo sus isómeros y formas ácidas, igual o superior a 2mg en formas de presentación dosificada tales como tabletas, cápsulas o similares, o por cada gramo o mililitro en caso de soluciones, cremas y semejantes”.
Mientras que el segundo es definido como el “Cannabis y preparaciones obtenidas a partir de grano, componente vegetal, cannabis o un derivado de cannabis, que vaya a ser comercializado o distribuido como producto de consumo humano o veterinario y que cuente con la autorización sanitaria o de comercialización que aplique de acuerdo con el tipo de producto”.
Así mismo, cambia los tipos de licencias en los cultivos de plantas de cannabis psicoactivo y de cultivo de plantas de cannabis no psicoactivo, ambas otorgadas por el Ministerio de Justicia y del Derecho a través de la Subdirección de Control y
Fiscalización de Sustancias Químicas y Estupefacientes para el cultivo de plantas.
Para los interesados en hacer comentarios a este borrador de decreto, pueden consultar en este otro enlace y seguir las instrucciones.
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