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Llegada de Mancuso a la JEP debe respetar condiciones de Justicia y Paz: advirtió la Procuraduría

El exjefe paramilitar, que regresó al país a finales de febrero, fue aceptado “de manera excepcional” ante el tribunal de paz para su sometimiento como sujeto incorporado a la fuerza pública.

  • Salvatore Mancuso fue nombrado gestor de paz por el Gobierno Nacional. FOTO CORTESÍA
    Salvatore Mancuso fue nombrado gestor de paz por el Gobierno Nacional. FOTO CORTESÍA
  • El presidente de la Jurisdicción Especial de Paz, Roberto Carlos Vidal. FOTO EL COLOMBIANO
    El presidente de la Jurisdicción Especial de Paz, Roberto Carlos Vidal. FOTO EL COLOMBIANO
01 de abril de 2024
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La Procuraduría General de la Nación le pidió a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) adicionar y aclarar el auto que profirió el pasado 19 de marzo de 2024, ante la incertidumbre que ha generado en las víctimas la admisión de Salvatore Mancuso ante ese tribunal.

Le puede interesar: Mancuso le respondió a Uribe: “Todos mis testimonios con relación a su papel en el conflicto armado, los he realizado en sede judicial”.

Ese auto incluye una tercera sentencia de la Sala de Conocimiento de Justicia y Paz del Tribunal de Barranquilla, en la cual se dispusieron reparaciones económicas a 137 víctimas, que no fueron tenidas en cuenta en este auto.

Para el ente de control existe una omisión sustancial en el auto que vuelve indispensable que la Sección de Apelación, a partir de los parámetros que instituyó en la providencia, “traiga a colación la olvidada sentencia, pues sin duda integra la judicialización transicional del compareciente”.

Con respecto a la aclaración, el procurador delegado, Jairo Ignacio Acosta Aristizábal, precisó que la providencia reiteradamente afirmó que las víctimas con derechos adquiridos de reparación en Justicia y Paz, producto de una decisión en firme, tienen garantizados que por vía del régimen de condicionalidad el compareciente debe atender las obligaciones ejecutoriadas que le hayan impuesto en materia indemnizatoria.

Aun así, el Ministerio Público pidió extender ese reconocimiento a las víctimas del exjefe paramilitar, quienes pese a intervenir y ser reconocidas en dicho procedimiento especial transicional, por diversas circunstancias no llegaron a obtener un mandato judicial ejecutoriado que dispusiera y ordenara una acción de reparación indemnizatoria a su favor.

El presidente de la Jurisdicción Especial de Paz, Roberto Carlos Vidal. FOTO EL COLOMBIANO
El presidente de la Jurisdicción Especial de Paz, Roberto Carlos Vidal. FOTO EL COLOMBIANO

Finalmente, el procurador delegado Acosta añadió que no resultan claras las menciones al deber general de reparar económicamente por parte de Mancuso por su particularísima condición (aunque se le reconoce como compareciente forzoso) y luego, insistentemente, solo se predica de las personas con sentencias ejecutoriadas de Justicia y Paz.

El presidente de la JEP, Roberto Carlos Vidal López, explicó en entrevista con EL COLOMBIANO que ese tribunal tiene “una competencia más amplia que cobija a las Farc y militares, según lo determinó la Corte Constitucional, ellos son nuestros comparecientes obligatorios” y que cuando investigan a militares “las víctimas nos dicen con toda razón que debemos investigar su relación con paramilitares, porque de lo contrario la verdad otra vez se va a quedar coja”.

Al respecto, agregó que la JEP no va a juzgar a los paramilitares, sino a un grupo de paramilitares que tuvo alto liderazgo y que “hayan actuado integradas con la Fuerza Pública, porque hay momentos en que actuaban de manera concertada y jefes paramilitares incluso daban órdenes a ciertos sectores de la Fuerza Pública”.

Para leer más noticias sobre política, paz, salud, judicial y actualidad, visite la sección Colombia de EL COLOMBIANO.

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