x

Pico y Placa Medellín

viernes

0 y 6 

0 y 6

Pico y Placa Medellín

jueves

1 y 7 

1 y 7

Pico y Placa Medellín

miercoles

5 y 9 

5 y 9

Pico y Placa Medellín

martes

2 y 8  

2 y 8

Pico y Placa Medellín

domingo

no

no

Pico y Placa Medellín

sabado

no

no

Pico y Placa Medellín

lunes

3 y 4  

3 y 4

language COL arrow_drop_down

Consejo de Estado negó suspensión del proceso de intervención a la EPS Sanitas

Al Consejo de Estado llegó un recurso que pretendía que, como medida cautelar, se suspendiera la resolución por medio de la cual se dispuso la intervención a la EPS Sanitas por parte de la Superintendencia de salud.

  • Niegan suspender el proceso de intervención de la EPS Sanitas. Foto: Colprensa
    Niegan suspender el proceso de intervención de la EPS Sanitas. Foto: Colprensa
04 de julio de 2024
bookmark

Después de un análisis, el Consejo de Estado negó la medida cautelar que buscaba suspender la intervención impuesta por la Superintendencia de Salud a la EPS Sanitas.

La petición había sido presentada por el Partido Cambio Radical. Uno de los principales argumentos para la solicitud fue que no existía un expediente administrativo, algo que ya había ratificado en su momento la Procuraduría General de la Nación, luego de una visita realizada a la entidad.

Le puede interesar: “No hemos decidido sobre ninguna solicitud de retiro de EPS y todavía no lo haremos”: Supersalud

No obstante, luego de un análisis de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, fue negada dicha solicitud.

Dentro de las consideraciones para la decisión, el Alto Tribunal aseguró que la Superintendencia, “aportó antecedentes administrativos del acto acusado, dentro de los cuales se encuentra el concepto técnico con fecha 1°. de abril de 2024, que le sirvió de sustento”, lo que soporta debidamente la decisión de intervenir la EPS Sanitas”.

Seguir leyendo: Enrique Vargas responde a los señalamientos de Petro por crisis con las EPS: “No se ocultaron deudas de ningún tipo

Según sostuvo el Consejo de Estado, la decisión de la Superintendencia Nacional de Salud se fundamentó en “normas de carácter reglamentario, sino también en disposiciones constitucionales y leyes que, en criterio de la demandada, eran aplicables a la toma de posesión”.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado confirmó que la decisión de la Supersalud está en conformidad con sus funciones de inspección, vigilancia y control.

El empleo que buscas
está a un clic
Las más leídas

Te recomendamos

Utilidad para la vida

Regístrate al newsletter

PROCESANDO TU SOLICITUD