Justo antes de iniciar la COP16, el presidente Gustavo Petro firmó un decreto con fuerza de ley que no para de generar debate. La estampa del mandatario facultó a los indígenas para convertirse en autoridades ambientales de sus territorios.
El decreto 1275 de 2024 hizo parte de unos acuerdos a los que llegaron las comunidades indígenas y el Gobierno Nacional en la Mesa Permanente de Concertación en junio pasado.
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Con la firma del presidente, este 15 de octubre en la Casa de Nariño, quedaron reglamentadas las normas requeridas para el funcionamiento de los territorios indígenas en materia ambiental y la coordinación que esos pueblos deberán tener con las demás autoridades y entidades del Estado que supervisan esta materia.
“Intentarán tumbarlo los que se creen monárquicos porque dirán ¿cómo los indígenas tendrán autoridad ambiental?, ¿y nuestras aristocráticas que viven robándose la plata, qué? Ya verán la pelea que habrá y me recordarán en unos días apenas, en unas semanas”, fue lo que dijo el presidente durante la firma del documento.
Ese mensaje del presidente fue premonitorio. Apenas horas después de su discurso, las Corporaciones Autónomas Regionales (CAR) –que están agrupadas en ASOCARS– emitieron un comunicado en el que expresaban su preocupación por el “conflicto de competencias” que puede generar el decreto.
“Es evidente que el Decreto Ley 1275 de 2024 lesiona de forma severa la autonomía y competencias de las 33 corporaciones autónomas regionales del país. Afecta los principios de coordinación y participación de las instituciones que hacen parte del Sistema Nacional Ambiental y transgreden la competencia que reside solo en el Congreso de la República”, afirmaron las Corporaciones Autónomas en su pronunciamiento.
Las corporaciones advirtieron que su autoridad ambiental quedará “atomizada” y que entrarán en una constante de conflictos de competencias e inseguridad jurídica frente a las decisiones que deban tomarse en términos ambientales.
El punto central de la norma, explicó el propio presidente, es que las autoridades indígenas tengan en su territorio y con sus poblaciones el mismo poder que ahora tienen las Corporaciones Autónomas.
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“En su mayoría inmensa (las CAR) no han demostrado ser instrumentos de cuidado de la naturaleza, sino lo contrario, vía corrupción, se han arrodillado a la codicia, y esa codicia ha entregado nuestra hermosa naturaleza a la destrucción”, insistió el presidente.
Entonces, las autoridades indígenas ahora tendrán la última palabra, para permitir o no, que se ejecuten actividades humanas que generen afectación ambiental en sus territorios.
“Este decreto define a las autoridades indígenas como autoridades ambientales hacia su población y para su territorio, podríamos asemejar esta medida a la justicia propia que ellos ya tienen. Hemos ganado 115 pueblos indígenas que ejercerán (su autoridad ambiental) en sus territorios”, explicó la ministra de Ambiente, Susana Muhamad.
Los argumentos jurídicos de la Presidencia para emitir este decreto se basan en el decreto 1953 de 2014, en él se fijó la reglamentación de los territorios indígenas ante la ausencia de una legislación desde el Congreso. Añadieron que este nuevo decreto es un desarrollo del punto étnico del Acuerdo de Paz con las FARC.
El decreto también es claro en afirmar que las autoridades indígenas tendrán que apegarse estrictamente a lo que ya dictan las leyes ambientales para tomar sus decisiones.
“Las regulaciones que expidan las autoridades indígenas, en el marco de su autonomía normativa, respecto de la protección, preservación, uso y manejo de los recursos naturales, el ambiente y el territorio, siempre podrán hacer más rigurosa la normatividad ambiental y no menos flexible”, se lee en el decreto.
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El Gobierno también dejó claro que las autoridades indígenas tendrán que coordinar con otras instancias ambientales algunas de las decisiones que afecten su territorio.
“Las entidades con competencias ambientales, incluidos los territorios indígenas, coordinarán de manera amplía aquellos asuntos que sean de su conocimiento y del interés general la Nación, siempre en salvaguarda de la protección de la naturaleza”, añade el documento.
Los indígenas también tendrán capacidad para imponer sanciones ante eventuales violaciones ambientales. Eso sí, aplicará principalmente para los miembros de sus comunidades. Las infracciones de terceros serán coordinadas con las autoridades ambientales competentes.
El decreto precisó que, después de su expedición, en los próximos seis meses el Ministerio de Ambiente y la Mesa Permanente de Concertación deberán reunirse para definir los mecanismos que garanticen recursos del funcionamiento para las autoridades ambientales indígenas.
El reto del Gobierno y los indígenas no será menor. El censo del Dane del 2018 indicó que en Colombia existen 115 pueblos indígenas que para entonces representaban el 4,4% de la población del país. Asimismo, el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) reseñó que el 32% de las tierras rurales en Colombia están ubicadas en jurisdicción indígena.
Lea aquí el decreto completo: