El sector salud del Gobierno nacional cerró esta semana con una orden judicial que deja mal parado al Ministerio de Salud, pero también que pone el dedo en la llaga en un tema álgido, y tiene que ver con plata.
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La Sala Especial de Seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008, de la Corte Constitucional —que declaró la salud como derecho fundamental autónomo—, alertó que hay un bajo nivel de cumplimiento respecto a la suficiencia de los Presupuestos Máximos.
¿Y eso qué tiene que ver con los temas que le interesan a todos los ciudadanos? Para entenderlo hay que empezar por la cabeza del asunto y con cuidado porque hay siglas hasta para tirar pal techo.
Primero, cada colombiano tiene derecho a un plan de beneficios en salud (PBS) en el que están incluidos casi el 91 % de servicios y tecnologías en salud; segundo, el costo de ese plan lo pagan las EPS con la plata que el Estado les da mensualmente (que se le conoce como la unidad de pago por capitación—UCP); tercero, el 9 % restante de servicios y tecnologías que no están en el PBS las aseguradoras las pagan con una plata extra (también del Estado), que se le conoce como Presupuestos Máximos; y cuarto, ese porcentaje por fuera del PBS se refiere a los servicios y tecnologías novedosas para el tratamiento de alguna enfermedad.
La Corte dijo que la plata para pagar los presupuestos máximos no está alcanzando, que hay retrasos en los pagos, que por eso hay deudas con las EPS y que esa situación está afectando a los pacientes. Entonces, le dijo al Ministerio de Salud que esas deudas hay que pagarlas y, además, idearse un mecanismo para calcular mejor esos presupuestos.
Pero, ¿cómo así que calcularlos mejor? Aquí viene otro enredo parecido al anterior.
Los Presupuestos Máximos se calculan para el año siguiente con base en los servicios prestados el año anterior con información suministrada por prestadores de salud (clínicas, hospitales, laboratorios, etc.). Para 2024 se calcula con información de 2023, el de 2023 con la de 2022 y así.
“Lo que le dice la Corte al ministerio es que haga un modelo de cálculo de Presupuestos Máximos, lo cual quiere decir que hay evidencia de una problemática sobre cómo estimar esos valores y que eso pone en riesgo la atención de los pacientes”, le explicó a EL COLOMBIANO el profesor del área de Salud de la Universidad Jorge Tadeo Lozano, Giovanni Jiménez.
Este orden deja mal parado al ministro Guillermo Jaramillo, quien entre agosto y noviembre del año pasado trató hasta de mentirosas a las EPS por el tema de discusión.
De hecho, el 31 de octubre calificó con ese adjetivo a Sanitas luego de que Cruz Verde anunciara que dejaba de surtir medicamentos por fuera del PBS a sus afiliados. Sanitas respondió que estaba endeudada con esa cadena de farmacias por el no pago de los Presupuestos Máximos. Ante esto, el ministro Jaramillo fue enfático en que estaban al día con ese pago no solo a Sanitas, sino a todas las EPS.
(Aunque el funcionario aseguró que les habían girado para ese entonces $500.000 millones, EL COLOMBIANO revisó las cuentas del sistema de salud y encontró que por una retención del 6 de octubre de 2023, lo que habían girado eran $332.378 millones).
Con lo que ordenó la Corte deja en claro que hay deudas, y desde 2021. Por lo tanto, en 45 días el Minsalud tendrá que cancelar las deudas por reajustes a los Presupuestos Máximos de 2021 y presentar un cronograma con las acciones para pagar las deudas de 2022.
Félix Martínez, director de la Administradora de Recursos de Salud (la que le gira la plata a las EPS), manifestó que los ajuste de 2021 “ya fueron cancelados”, que el de 2022 “está próximo” y que “solo está pendiente diciembre (2023)”.
Sin ir más lejos, no deja de ser irónico que la sala de seguimiento a la Sentencia T-760 de 2008 sea la que pone en evidencia a Guillermo Jaramillo, cuando su antecesora y aliada del Gobierno Carolina Corcho ha sido su defensora a ultranza y hasta vocera de su comisión de seguimiento.
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