Así como en Medellín, Barranquilla y Bucaramanga, Bogotá también tendrá zonas en donde estará prohibido el consumo de sustancias psicoactivas, tal y como lo anunció este jueves el alcalde de la capital, Carlos Fernando Galán.
“Ustedes saben que la Corte Constitucional dijo que no se puede prohibir por completo el consumo de drogas, pero sí tenemos, los entes territoriales, la facultad de tomar decisiones de restricción”, afirmó Galán.
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El mandatario se refiere al pronunciamiento de la Corte de abril de 2023, en el que se pidió a cada ciudad y municipio restringir el porte y consumo de sustancias psicoativas en parques y otros entornos, con el fin de proteger a los menores de edad.
En ese orden de ideas, Galán indicó que este jueves, en un consejo de seguridad, recibirá un borrador de una propuesta para definir las restricciones en Bogotá.
“Estas zonas pueden ser entornos de colegios, corredores de movilidad alrededor de los colegios, parques públicos, entre otras. Ese es el enfoque y así va a ser”, explicó Galán.
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Agregó además que va a trabajar para ejercer control y vigilancia con el fin de garantizar el cumplimiento de la medida porque “no sirve de nada definir normas que no se pueden cumplir”.
El pronunciamiento de la Corte Constitucional tomó relevancia luego de que el gobierno Nacional derogó el Decreto 1844 de 2018, expedido durante la administración del expresidente Iván Duque en el cual se reglamentaba el procedimiento policial frente a la prohibición de poseer, distribuir o comercializar drogas y así evitar “la criminalización de personas consumidoras de drogas a través de medidas correctivas”.
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Multas en Medellín
El alcalde de Medellín, Federico Gutiérrez, firmó el pasado 18 de enero el decreto que restringe el consumo de estupefacientes en espacio público.
El decreto establece que queda prohibido el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis mínima, en establecimientos educativos tanto públicos como privados, parques y plazas públicas, centros deportivos y recreativos y cualquier lugar del espacio público donde se realicen eventos donde asistan niños, niñas y adolescentes.
De no cumplir con la norma, la Policía podrá imponer multas que van desde los 8 hasta los 32 salarios mínimos diarios, que superaría la suma de $1.300.000. Además, las autoridades podrán destruir la sustancia.