Un acto de brutalidad policiaca cometido en Medellín terminó no solo con un joven muerto y una familia adolorida, sino con una condena judicial para el Estado colombiano.
La decisión fue tomada por el Juzgado Quinto Administrativo Oral de Medellín en contra de la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional, por los hechos que rodearon la muerte de Juan David Osorio Rodas, de 19 años de edad. Aunque el fallo fue proferido el pasado 26 de marzo (radicado N°05001 3333005 2015-0070400), la decisión apenas fue notificada a las partes a mediados del año.
De acuerdo con el fallo, conocido por EL COLOMBIANO, la historia comenzó el 23 de enero de 2015 en el centro de la ciudad. Juan David Osorio Rodas trabajaba como repartidor de domicilios en un restaurante y ocasionalmente consumía y vendía estupefacientes en los alrededores.
A las 3:30 p.m. de aquel día fue sorprendido por dos patrulleros, cuando llevaba una bolsa de plástico con 30 papeletas de base de coca (basuco). Los uniformados lo condujeron al CAI del Parque de Bolívar, donde se presentó la irregularidad que terminaría en tragedia.
De acuerdo con dos testigas que estaban en el recinto, el patrullero Jorge Mauricio Torres obligó al detenido a tragarse la droga, incluso con los envoltorios. “Él llega y le destapa la bolsa y se los pone en la mano al joven, incluso se le cae uno al piso, y le dice ‘lo recoge y se lo tiene que comer’. El joven se los embute todos en la boca, el policía simplemente lo observa”, narró una mujer que presenció lo ocurrido.
La otra, a su turno, precisó: “Juan David se arrimó al lavadero a tomar agua y uno de los policías le pegó dos calvazos y no lo dejó. Le dijo ‘abra la boca’, y cuando vio que no tenía nada, le dijo ‘váyase de acá que no lo quiero ver’”.
Tras lo sucedido, el muchacho regresó al restaurante en el que laboraba, pálido y presa de los temblores, y le narró la situación a la administradora; luego se desmayó. La señora lo llevó en un taxi a la clínica Saludcoop de Villanueva, donde una hora más tarde falleció por un paro cardiorespiratorio. La conclusión de la necropsia fue “muerte ocasionada por intoxicación con cocaína”.
A lo largo del proceso penal, la defensa del policía implicado argumentó que la víctima había ingerido el basuco por su propia voluntad, pretendiendo evitar que lo encarcelaran, pero dicho argumento fue desmentido en los estrados. La Fiscalía comprobó además que fue tal la irregularidad del procedimiento, que el patrullero Torres ni siquiera registró la detención en el libro de población del CAI, como sugieren las normas, en especial cuando las cámaras de vigilancia de la zona lo grabaron entrando al recinto con el joven.
Aunque un juzgado penal absolvió al uniformado en primera instancia, el Tribunal Superior de Medellín revocó esa decisión y el 19 de julio de 2017 lo condenó a 10 años de cárcel por homicidio preterintensional.
DOS AÑOS PELEANDO LA DEMANDA ADMINISTRATIVA
Después la familia interpuso una demanda por los perjuicios morales y materiales derivados del deceso de su ser querido, quien para la época de los hechos vivía en un barrio de invasión localizado en la vereda Granizal, del municipio de Bello.
En su respuesta a dicha demanda, la juez administrativa estimó: “El uso innecesario y desproporcionado de la fuerza - que en este caso no fue física sino sicológica - ocasionó en la víctima una presión exagerada, viéndose constreñido a ingerir una cantidad de sustancia sicoactiva que en forma posterior causó su fallecimiento”.
En consecuencia, la Nación, el Ministerio de Defensa y la Policía Nacional fueron sentenciados y obligados a pagar una indemnización económica a los familiares del finado, así como a reconocer su culpabilidad y pedir excusas en un acto público, como medida restaurativa.
Para no extender el proceso por más años en los estrados (fueron dos años en la justicia penal y ya van dos en la administrativa), las partes llegaron a una conciliación el pasado mes de junio. La Policía accedió a pagar una suma cercana al 60% del valor total de lo estipulado en el fallo, pero no aceptó realizar el acto público de desagravio.
Michel Pineda, abogado de la familia y director de la corporación Compromiso Colombia, declaró al respecto: “Este fallo al final fue conciliado, pero es triste que una Institución como la Policía no acepte dar las disculpas públicas, eso es una parte fundamental en la justicia restaurativa”.
Para que el dinero sea entregado a los dolientes pasarán otros meses, pues el trámite administrativo también es engorroso. La madre del fallecido fue diagnosticada, según el expediente, “con un trastorno de adaptación, causado por la trágica muerte de su hijo”, por lo que el martirio no ha terminado para la familia.