El Carmen de Viboral se convirtió en el más reciente municipio en adoptar la medida que inició Medellín, por decreto del alcalde Federico Gutiérrez, de restringir el consumo de estupefacientes en parques y espacios públicos.
La alcaldía de dicho municipio expidió el Decreto Municipal 006 de 2024, que determina la restricción de consumo de sustancias psicoactivas, incluyendo la dosis personal, en zonas aledañas a lugares concurridos por menores de edad.
“Como medida preventiva y de protección, la Alcaldía de El Carmen restringe el consumo de sustancias psicoactivas en espacios del municipio. Desde la Administración Municipal de El Carmen de Viboral, es muy importante el cuidado y protección de los niños, niñas, jóvenes y adolescentes, es por eso que, bajo Decreto 006 de 2024, se restringe el uso y consumo de sustancias psicoactivas tanto en el área urbana como rural”, señaló mediante comunicado la administración de Hugo Jiménez Cuervo.
En la práctica, el decreto establece que no se puede consumir estupefacientes en un perímetro de 100 metros a la redonda de colegios, centros educativos, centros deportivos y recreativos, centros de convenciones, el parque educativo, la casa de la cultura, la calle de la Cerámica y de las Arcillas.
Carmen de Viboral es el cuarto municipio del Oriente antioqueño que decreta estas restricciones, luego de que lo hiciera Rionegro, La Ceja y Santuario. En Rionegro el decreto rige en colegios públicos y privados, incluidos jardines infantiles y universidades; en estadios, coliseos, canchas, parques barriales, piscinas públicas, gimnasios al aire libre y centros deportivos y culturales; en buses, estaciones y paraderos del sistema de transporte público; en el aeropuerto; y en las instituciones prestadoras de servicios de salud públicas y privadas.
En cuanto a La Ceja, la prohibición aplica en un perímetro de 200 metros alrededor de escuelas y colegios, tal como lo dictó el decreto firmado por la alcaldesa María Ilbed Santa. Caso similar en el municipio de El Santuario.
En Medellín entró en vigencia el pasado 18 de enero y establece que queda prohibido el consumo de sustancias psicoactivas, incluida la dosis mínima, en establecimientos educativos tanto públicos como privados, parques y plazas públicas, centros deportivos y recreativos y cualquier lugar del espacio público donde se realicen eventos donde asistan niños, niñas y adolescentes mientras dura el evento. La medida ordena también un perímetro de 100 metros a la redonda, donde también aplica la restricción.
De no cumplir con la norma, la Policía podrá imponer multas que van desde los 8 hasta los 32 salarios mínimos diarios, que superaría la suma de $1.300.000. Además, las autoridades podrán destruir la sustancia.
Lo que no han aclarado completamente los mandatarios que se están sumando a esta medida es cómo piensan garantizar el cumplimiento del decreto, con el déficit de fuerza pública que padecen todos los municipios del departamento, lo que ha obligado a las autoridades a volcarse en enfrentar los delitos de alto impacto: hurtos, secuestros, extorsiones y desmantelamiento de grupos armados y delincuenciales.
Tampoco ha quedado realmente claro qué estrategias reales de fondo emprenderán los mandatarios para atender la problemática desde una perspectiva de salud pública y no punitiva ni sancionatoria.