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Sí se puede impugnar un comparendo

Si tiene pruebas de que no cometió una infracción, le contamos los pasos que debe seguir para apelar.

  • Un 30 % de las impugnaciones que se presentan se resuelven a favor de los solicitantes. Foto Camilo Suárez
    Un 30 % de las impugnaciones que se presentan se resuelven a favor de los solicitantes. Foto Camilo Suárez
20 de febrero de 2021
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Según datos del Sistema Integrado de Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (Simit), en Colombia, durante el 2019 se impusieron más de 3.6 millones de comparendos, 725.600 en Antioquia y 464.726 en Medellín, es decir, más de mil infracciones sancionadas al día en la ciudad. Las principales contravenciones son: exceso de velocidad, transitar con la revisión técnico mecánica vencida y estacionamiento en sitios prohibidos.

Estos comparendos los puede emitir un agente de tránsito, o mediante el sistema de foto detección o de un sistema móvil a través de vehículos adaptados con la tecnología. Cuando estas cámaras captan una contravención, se expide una notificación que llega a la residencia del propietario del auto o motocicleta para su respectivo pago.

Según el artículo 12 de la Ley 1843 de 2017, cuando el conductor no está de acuerdo con la sanción puede solicitar una audiencia ante un inspector de tránsito para presentar descargos y pruebas. Según datos de la Secretaría de Movilidad de Medellín, al año se presentan casi 12.000 impugnaciones por comparendos, de las cuales, cerca del 30 % se resuelven en favor de la ciudadanía. “Eso sí, las pruebas deben ser muy bien fundamentadas para lograr la exoneración”, dice Orlando Jiménez, abogado especialista en asistencia jurídica al conductor.

Marcela Álvarez, una conductora que recibió un comparendo mediante foto detección por presuntamente pasarse un semáforo en rojo, apeló porque recordó que en ese momento el tráfico se detuvo para permitir el paso de una ambulancia. Ella solicitó la audiencia ante un inspector y con el video con fecha y hora demostró que la situación fue fortuita y la sanción fue revertida.

Eso sí, en caso de que en la audiencia sea ratificada la sanción, el ciudadano perderá el descuento al que tiene derecho por hacer el curso de capacitación.

¿Cómo hacer el proceso?

Solicitar audiencia con comparecencia virtual a través del correo: audienciavirtual.movilidad@medellin.gov.co y anexar a su solicitud los siguientes documentos, según el caso:

Copia de la cédula del solicitante. Si es con apoderado, copia de la cédula y poder dediligenciado en notaría.

Para menores de edad, copia de la tarjeta de identidad, registro civil y copia de la cédula del representante legal que lo asistirá.

Para persona jurídica: copia del certificado de existencia y representación de la empresa y copia de la cédula del representante.

Para conductor de servicio público: copia de la cédula del solicitante y certificación de la empresa a la que se encuentra afiliado el automotor.

Para todos los casos se debe relacionar en el correo el número de identificación del comparendo para el cual se solicita la audiencia.

En caso de poseer alguna prueba documental, se debe anexar al correo de solicitud.

Luego de ser verificado el cumplimiento de los términos legales para la realización de la audiencia con comparecencia virtual, a través del correo electrónico se notifica el día, la hora y los aspectos técnicos para su realización

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