Pasadas dos semanas de que la Corte Constitucional volviera a sus labores, ya se han radicado cuatro demandas frente a la Ley 2010 de 2019, nombrada como la Ley de Crecimiento Económico, aprobada en diciembre. Se espera un recurso más por parte de la Asociación Bancaria y de Entidades Financieras de Colombia (Asobancaria).
Las demandas ya radicadas fueron interpuestas por Andrés De Zubiría, el Centro de Estudios Empresariales ISB, Eduardo Correa Valencia y Roy Barreras. En estas se presentan inconformidades frente a, por lo menos, nueve artículos de la ley, además de la forma en la que se aprobó, de la cual también se expone que habría violado la constitución.
Recordemos que una demanda fue la que marcó el destino de la pasada Ley de Financiamiento (ver Paréntesis).
¿Qué se argumenta?
La primera de las demandas frente a la Ley de Crecimiento fue la radicada por De Zubiría. En esta se afirma que la Ley vulnera el principio de la progresividad tributaria, la autonomía territorial, la equidad tributaria y la autonomía departamental.
Uno de los puntos sobre los cuales enfatiza la demanda es que “lo dispuesto en la Ley 2010 de 2019 en el artículo 34 (aumenta el impuesto de renta a personas naturales y asignaciones modales) y el artículo 92 (disminuye el impuesto de renta a las personas jurídicas), se opone al citado principio de Progresividad tributaria”, de acuerdo con el documento. Es decir que no se actúa a favor de que quienes más ganan paguen más, bajo la premisa de que las empresas son las que tienen mayor capacidad de pago.
La interpuesta por Correa Valencia asegura que debe declararse inexequible el artículo 142 de la ley. Lo que se busca con la medida es garantizar que la pensión mantenga su poder adquisitivo.
Además, Roy Barreras presentó una demanda ante la Corte Constitucional en la que se asegura que la ley es inequitativa, empeora el déficit fiscal, desfinancia la inversión social y disminuye el recaudo, por debajo de los promedios de los países de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico.
Sobretasa a los bancos
La correspondiente al Centro de Estudios Empresariales ISB asegura que en la ley existe una violación al principio de equidad tributaria. Allí lo que se expone es que “no existe una justificación económica suficiente para que el legislador imponga una carga tributaria adicional a las instituciones financieras”.
Sobre este punto Asobancaria demandará, según dijo el presidente del gremio, Santiago Castro. “Consideramos que esa sobretasa viola el principio de equidad tributaria. Uno grava de manera igual a iguales y de manera desigual a desiguales y este principio no se está respetando en este caso en particular”.