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Corte deja en manos del Congreso cotización para informales

Centrales obreras lo celebraron y habrá plazo hasta julio de 2023 para resolver situación a quienes entraron a este sistema.

  • Según el Dane, entre abril y junio de 2021, la informalidad laboral en Colombia se ubicó en 48,5 %. FOTO Carlos Velásquez
    Según el Dane, entre abril y junio de 2021, la informalidad laboral en Colombia se ubicó en 48,5 %. FOTO Carlos Velásquez
25 de agosto de 2021
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La Corte Constitucional declaró inexequible el Piso de Protección Social, incluido en el Plan Nacional de Desarrollo (PND) en agosto del 2020, al considerar que debe ser regulado mediante un trámite en el Congreso.

Tal como lo había defendido Ángel Custodio Cabrera, ministro de Trabajo, el propósito con el Decreto 1174 era brindar garantías a los empleados informales que devengaban menos de un salario mínimo y no contaban con afiliación a seguridad social (ver paréntesis) ni cobertura ante accidentes laborales.

El funcionario había detallado en diálogo con EL COLOMBIANO que el objetivo del decreto consistía en exigir al empleador un aporte equivalente al 15 % del salario pagado a un colaborador, cuyo destino sería el ahorro pensional y habría un complemento del 20 % aportado por el Gobierno Nacional.

Además, remarcó que de la contribución hecha por el empleador, un 1 % debería apropiarse para un seguro inclusivo por riesgos laborales.

No obstante, Cabrera reconoció que el Piso Mínimo de Protección no fue bien recibido por el grueso de la población.

“Los que no están de acuerdo con el decreto piden que afiliemos a Colpensiones con un salario mínimo. Pero eso vale $9 billones al año y, como esto es ahorro para pensión, es un gasto prolongado por 23 años. ¿Quién lo va a financiar?”, cuestionó.

Opiniones al respecto

Diógenes Orjuela, secretario general de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), dejó saber que hay conformidad entre los colectivos obreros con esta decisión. “No correspondía hacer un piso de protección en un plan de desarrollo y, según dijo la Corte, al tratarse de una reforma con alcance pensional y laboral, debe dársele trámite en el Congreso”, añadió.

De otro lado, Juan Camilo Restrepo, desde su óptica como exministro de Hacienda, consideró que el Decreto 1174 “era un mecanismo útil para llegar con algo de seguridad social a los informales”.

Desde la perspectiva de Mauricio López, director del grupo de Macroeconomía aplicada de la Universidad de Antioquia, podrían presentarse dos efectos con la caída del decreto: el primero, que decrezca el ahorro pensional de los informales. Y dos, debido al menor costo de contratar informalmente, puede estimularse este tipo de enganche.

Así las cosas, tanto el Gobierno como el Congreso deberán buscar una solución de aquí a 2023

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