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Termina primer plazo para que empresas reciban incentivos por contratar jóvenes

Las inscripciones se abrieron el pasado jueves 12 de agosto.

  • El ministro Ángel Custodio Cabrera dijo que el beneficio se extenderá por 12 meses. FOTO Colprensa
    El ministro Ángel Custodio Cabrera dijo que el beneficio se extenderá por 12 meses. FOTO Colprensa
18 de agosto de 2021
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Este jueves 19 de agosto se cumple el primer plazo para que los empleadores que hayan vinculado jóvenes entre los 18 a los 28 años a su nómina se postulen para recibir estímulos equivalentes al 25 % de un salario mínimo.

El estímulo lo otorga el gobierno, a través de un decreto firmado por el presidente Iván Duque y que lidera el Ministerio de Trabajo, a cada empleador que haya ingresado en sus nóminas a trabajadores entre ese rango de edad a partir del mes de julio.

Por cada solicitud se revisará la nómina del mes anterior, y en este primer ciclo se tendrá en cuenta la del mes de julio del presente año. Las inscripciones para este primer periodo se abrieron el pasado 12 de agosto y cierran mañana jueves. “Es un apoyo que se autorizará hasta por 12 veces a las vinculaciones formales”, enfatizó el ministro de Trabajo, Ángel Custodio Cabrera.

El incentivo económico para los empleadores hace parte de la Estrategia “Sacúdete”, lanzada por el gobierno nacional, la cual busca generar nuevos puestos de trabajo y promover la vinculación laboral de los jóvenes en todos los sectores económicos del país.

El beneficio, que se aplica por cada joven adicional entre 18 y 28 años que se contrate o vincule formalmente a la empresa o negocio, equivale a un monto mensual de $227.131.

El empleador que haya vinculado jóvenes en este rango de edad y lo haya hecho a más tardar el día 15 del mes, podrá postularse para obtener el apoyo correspondiente a ese mismo periodo. Si los contrata luego de esta fecha, podrá postularse para el beneficio de la nómina del mes siguiente y durante el tiempo que esté vinculado.

El trámite gratuito lo podrán realizar los empleadores que sean personas jurídicas, naturales, consorcios, uniones temporales, patrimonios autónomos y cooperativas.

Los beneficiarios recibirán los recursos correspondientes a las postulaciones de agosto y septiembre a finales del mes de septiembre en un solo giro, mientras que a partir de allí, los giros se realizarán de forma mensual.

El proceso se hace ante la entidad bancaria determinada. El empleador debe diligenciar el formulario de manifestación de intención y postulación como beneficiario y la certificación de cumplimiento de requisitos, formatos que están disponibles en medios electrónicos y físicos según la entidad bancaria.

La Unidad de Gestión Pensional y Parafiscales (Ugpp) se encargará de la validación de requisitos y el Ministerio del Trabajo de la autorización y proceso de giro. El estado del trámite se podrá consultar en la página web de la Ugpp.

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