890
colombianos hay vinculados al programa Beps en un año y medio de haber iniciado.
300
familias se benefician hoy de la alternativa de pensión familiar de Colpensiones.
33
mil personas en el país cotizan por semanas, según Colpensiones.
Luego de la profunda reforma al sistema pensional en el país, hace 23 años, la conclusión es que aún es muy débil y que es necesario un nuevo cambio. Y es que según las cifras, de 21 millones de trabajadores solo siete cotizan, es decir que hacen aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), quedando 14 millones por fuera del sistema. De los siete millones de cotizantes, solamente dos se pensionarán porque cumplen los requisitos establecidos para los regímenes existentes: prima media y ahorro individual (Ver: ¿Cómo funciona?).
Aunque la historia laboral de cada persona es diferente, la conveniencia de pertenecer a un Régimen de Prima Media (RPM, gestionado por Colpensiones) o a un fondo privado (Porvenir, Protección, Old Mutual y Colfondos) depende de varios factores como la edad, el monto del salario y el tiempo cotizado. Por eso, es necesario analizar cada caso particular antes de tomar una decisión sobre el trascendental tema de decidir bajo que esquema quiere pensionarse.
Si usted hace parte de los seis de cada diez trabajadores que están en la informalidad o tiene ingresos iguales o inferiores a dos salarios mínimos (1,4 millones de pesos), “es mejor estar en el fondo privado, ya que se requieren menos semanas para pensionarse (tres años menos que en Colpensiones)”, de acuerdo Jorge Llano, director de estudios económicos de la Asociación Colombiana de Administradoras de Fondos de Pensiones y de Cesantías (Asofondos).
Añade que en caso de no reunir los requisitos mínimos, tendrá la devolución de saldos, que en el fondo privado es hasta tres veces mayor que la indemnización sustitutiva que le darían en el régimen de público de pensiones.
No obstante, estar en Colpensiones puede resultarle provechoso a un trabajador con un puesto estable con salario alto y creciente, particularmente, en los diez años antes de cumplir la edad de pensión (57 años de edad para las mujeres y 62 para los hombres), porque sobre este periodo se calcula el monto de la mesada pensional. Tomada la decisión, de estar en el RPM o el Rais, no se permiten traslados.
En los últimos cinco años, los fondos privados (con 23 años de operación) han pensionado a 72.468 personas, y a hoy ya son cerca de 120 mil jubilados, dice Llano.
Por otro lado, de 38 billones de pesos que pone el Presupuesto General de la Nación (PGN) para las mesadas pensionales, cerca del 26 % (9,88 billones de pesos) son para Colpensiones, la entidad que más pensionados tiene en el país: 1,27 millones, es decir el 59 % del total del país. El resto, 28,12 billones de pesos aproximadamente, es para atender las pensiones de los regímenes especiales vigentes como el del magisterio, las Fuerzas Armadas, el Congreso, la Presidencia o Cajanal (Caja de Previsión Social) y otros.
Además, para contrarrestar la baja cobertura del sistema pensional colombiano, en 2015, el Gobierno a través de Colpensiones lanzó el programa de ahorro voluntario Beneficios Económicos Periódicos (Beps), dirigido a quienes no cuentan con los recursos suficientes para hacer los aportes que le permitan jubilarse.
¿Cómo funcionan?
En ambos sistemas, RPM y Rais, la pensión es vitalicia, y las compensaciones que recibe el trabajador por invalidez, o sus beneficiarios por sobrevivencia (tras la muerte del cotizante) se calculan igual.
Si alguien cotiza por un salario mínimo su pensión será de este mismo valor, aunque por ley, en ningún caso, el monto pensional puede ser menor al salario mínimo.
La diferencia radica en que en el régimen privado un trabajador puede pensionarse cumpliendo la edad y 1.150 semanas cotizadas. En el régimen público deberá tener la edad y 1.300 semanas cotizadas.
En este punto, un consejo: “lo importante es que cada persona se apropie de su historia pensional y comprenda que cada su caso es particular. Es fundamental asesorarse para tomar las decisiones más acertadas a la hora de definir el fondo al que pertenece o revisar un posible cambio”, señala Claudia Palacio, vocera del fondo Protección.
Así mismo, la naturaleza de los fondos privados es que cada persona ahorra de manera individual en su cuenta, por lo que su pensión depende del dinero acumulado por cada uno, que crece por los aportes que se realice y los rendimientos obtenidos por la administración. Es decir, todo depende del ahorro que acumule durante su vida laboral.
En ese sentido, el afiliado puede hacer seguimiento a sus recursos y puede elegir cómo invertirlos para maximizar su ahorro.
En un fondo privado, dice Porvenir, se puede pensionar a la edad que escoja, cuando reúna el capital necesario para financiar una pensión mensual superior al 110 % del salario mínimo.
En cuanto al RPM, los aportes de los cotizantes van a un fondo común, que luego es distribuido para pagar la pensión de todos los afiliados. En este caso, la pensión depende de las semanas y el Ingreso Base de Liquidación (IBL) de los últimos diez años de vida laboral, y se debe cumplir con las edades definidas por la ley.
Dice Asofondos que ese régimen se basa en la lógica de que los más jóvenes cotizan para pagar las mesadas de los más viejos: “El problema es que esa bolsa hace trece años se quedó sin recursos, por lo cual cada año el Estado, con recursos públicos, debe destinar la partida para pagar las pensiones de cerca de dos millones de pensionados de los régimenes público y especiales”.
Para 2018, por la vía del PGN se trasladarán 41,1 billones de pesos para cumpir con las mesadas de los pensionados de esos esquemas.
Cuando no alcanza el tiempo
Si no pudo cumplir con los requisitos mencionados, en los dos sistemas se hace una devolución de los ahorros. La diferencia es que en los fondos se incluyen los aportes y todos los rendimientos financieros que haya obtenido la cuenta.
Se estima que, en promedio, desde 1994, por cada peso cotizado, el afiliado a un fondo de pensiones privado recibiría tres pesos por concepto de intereses. En el fondo público se entregarán los aportes indexados con la inflación, sin reconocimiento de rendimientos.
Si el cotizante fallece...
Cuando una persona perteneciente a un fondo privado (como Colfondos, Old Mutual, Porvenir y Protección), fallece y no hay beneficiarios, el dinero es heredable.
Si su esposo o compañero permanente, era pensionado o afiliado a Colpensiones, se otorgará la pensión de forma permanente al beneficiario que a la fecha del fallecimiento tenga 30 o más años de edad, y será temporal cuando cuente con menos de esa edad y no haya tenido hijos con este. Caso en que tendrá una duración de 20 años.
Afiliados por fondo
Protección a la fecha ha pensionado a más de 42 mil colombianos, de estos, cerca del 30 % son por vejez, es decir ya cumplieron la edad. El resto han obtenido de invalidez y sobrevivencia.
Arroja el informe de Asofondos, con corte a octubre de este año, que Porvenir cuenta con 8,38 millones de afiliados a pensión obligatoria; con 4,08 millones a cesantías; y 165.426 afiliados a pensiones voluntarias.
De otro lado, Colpensiones y la Alta Consejería Presidencial para el Posconflicto, empezaron un trabajo para que desmovilizados de las Farc (ubicados en Espacios Territorial de Capacitación y Reincorporación) den el primer paso para formar su pensión. Como resultado de varias jornadas, se afiliaron al RPM unos 4.434 exguerrilleros.
Propuesta de Anif
A principios de este mes, el presidente de la Asociación Nacional de Insituciones Financieras (Anif), Sergio Clavijo, propuso subir la edad de pensión en cinco años para hombres y mujeres y cerrar Colpensiones.
Ante la propuesta, Asofondos indicó que si bien el sistema necesita una reforma “los que hemos estudiado a profundidad el tema tenemos diferencias con esta solución”.
El gremio considera que existen problemas “más importantes”, como los subsidios a las pensiones altas, que en su concepto se deberían eliminar, y que se deben promover programas, como Beps y Colombia Mayor. “Esto en vez de pensar únicamente en cambios de edad”.
Tampoco comparten la opinión de que Colpensiones deba cerrarse, pero sí que se reforme, para centrar sus esfuerzos en la población vulnerable. La vocera de Protección tampoco es partidaria de acabar Colpensiones. Por el contrario, promueve “que el sistema público y el privado no compitan sino que se complementen”.
La propuesta se enfoca en buscar un ajuste pensional que corrija la cobertura, un ingreso adecuado en la vejez, equidad en la asignación del gasto público y que pueda contar con una sostenibilidad fiscal y financiera del sistema, para que sea más equitativo.
Finalmente, no debería olvidar que cuando falte un poco más de 10 años para cumplir la edad de pensión, se sugiere pedir una asesoría y evaluar su futuro pensional, para elegir el régimen más apropiado.