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De momento, expertos del sector inmobiliario y turístico coinciden en que al problema de la explotación sexual, especialmente de niños, niñas y adolescentes en Medellín hay que darle solución urgente, pero que para esto no es necesario aplicarles nuevas regulaciones a las rentas cortas sino hacer cumplir las que ya existen que, según ellos, son bastante exigentes.
Estas son las normas que deben cumplir los inmuebles que presten servicios de rentas cortas en Medellín:
1. La vivienda debe contar al menos con los siguientes espacios: dormitorio, sala-comedor, cocina y baño.
2. Si están ubicadas en una propiedad horizontal (edificio o urbanización) el reglamento de esta debe permitir las rentas cortas de manera explícita. Dicho reglamento debe estar en escritura pública.
3. Si el reglamento no tiene esa autorización y desea incluirse, debe contar con el 70% de los votos positivos de los copropietarios de la propiedad horizontal.
4. Los inmuebles que se vayan a rentar para turistas deben contar con Registro Nacional de Turismo, expedido por la Cámara de Comercio. Las aplicaciones como Airbnb exigen soporte de este registro a la hora de crear una cuenta como anfitrión.
5. Se debe registrar a todos los huéspedes con su identificación. Con los datos de los visitantes se debe diligenciar la tarjeta de registro de alojamiento que también se debe cargar al sistema del Ministerio. Además, si los huéspedes son extranjeros, la información de estos también debe entregarse a Migración Colombia.
Esta es la información que debe incluir la tarjeta de turismo:
- Identificación del huésped y de sus acompañantes.
- Nacionalidad.
- Dirección y teléfono del lugar de residencia.
- Lugar de procedencia.
- Lugar de destino.
- Fecha de entrada.
- Fecha de salida.
- Forma de pago.
- Firma del huésped.
La regulación de las rentas de viviendas por lapsos menores a 30 días está establecido por el Decreto 2590 de 2009 del ministerio del Interior. Este también establece que el propietario o el administrador del inmueble puede en cualquier momento terminar por anticipado el contrato de hospedaje y reclamar la devolución de la vivienda sin necesidad de ninguna orden judicial, “cuando la conducta y el comportamiento de los huéspedes atenten contra la tranquilidad, la seguridad y la salubridad de los demás huéspedes o residentes”.
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De hecho, justamente esta semana el Congreso de la República archivó la propuesta que buscaba autorizar que los inmuebles con régimen de propiedad horizontal, es decir los edificios y conjuntos residenciales, se pudieran utilizar para vivienda turística sin que mediara un permiso de la asamblea de copropietarios.
Este proyecto modificaba la Ley 675 de 2001 referente al régimen de propiedad horizontal en Colombia, y podía generar diferentes impactos económicos, legales y operacionales para el sector hotelero y podría afectar la convivencia en las propiedades horizontales.
Según la Asociación Turística y Hotelera de Colombia, Cotelco, con corte a diciembre del 2023 en Medellín había 5.900 hospedajes de todo tipo y de ellos solo 477, es decir el 8%, son hoteles y menos del 2% son hostales. La mayoría -3.449- son apartamentos turísticos. El 75% de los registros nacionales de turismo de Medellín corresponden a vivienda turística, cuando el promedio en el resto del país para alojamientos de este tipo es del 59%. Medellín es la meca del Airbnb en Colombia.