La Corte Constitucional de Colombia despenalizó en 2006 el aborto en los casos de peligro para la salud de la madre, malformación fetal, violación e incesto, incorporando a la legislación del país los lineamientos de los tratados internacionales vigentes sobre Derechos Humanos.
Un político conservador ha presentado un proyecto de reforma constitucional para establecer la penalización absoluta del aborto, apoyado por el fundamentalismo católico del Procurador Alejandro Ordóñez, quien aspira a imponerle sus creencias religiosas al resto de la sociedad.
El cambio constitucional propuesto se contrapone al proceso de emancipación de la mujer propio de las democracias occidentales, del cual ha participado Colombia.
Durante las últimas cinco décadas ha tenido lugar una transformación en la actitud de la sociedad colombiana respecto al tema de los derechos a la salud sexual y reproductiva de la mujer, no menos significativa por haber ocurrido de manera gradual.
En los años sesenta, el expresidente Alberto Lleras Camargo rompió el tabú que existía acerca de todo lo relacionado con la planificación familiar, al publicar en un diario de circulación nacional un artículo en el cual se describían los diferentes contraceptivos modernos.
Entre 1966 y 1970, el presidente Carlos Lleras Restrepo tomó la decisión de empezar a prestar los servicios de planificación familiar en el sistema gubernamental de hospitales, a pesar de las encarecidas objeciones de la jerarquía eclesiástica.
El Presidente respondió amablemente a la gestión personal del Cardenal Muñoz Duque, quien se oponía a la puesta en vigencia de esa medida, argumentando que la salud pública era responsabilidad del Estado y que la utilización de los servicios mencionados era voluntaria. A nadie se obligaría a recibirlos.
En 1974, a solicitud del presidente Alfonso López Michelsen, el Congreso Nacional le concedió al gobierno facultades extraordinarias para reformar el Código Civil y remover todas las cláusulas decimonónicas que discriminaban contra la mujer. Se estableció la figura del matrimonio civil y el divorcio.
En 1979, la Representante Consuelo Lleras presentó un proyecto de ley, cuya exposición de motivos fue redactada por Alberto Lleras Camargo, encaminado a despenalizar la interrupción voluntaria del embarazo en determinadas circunstancias.
En la casi totalidad de estas iniciativas a favor de los derechos de la mujer tuve una participación activa.
Lo que tienen en común es el impulso igualitario de un pensamiento progresista; la separación de Iglesia y Estado como premisa fundamental de organización política; y el compromiso con una sociedad democrática, pluralista y laica.
La equilibrada decisión de la Corte Constitucional del año 2006 es consistente con esta evolución de la mentalidad colectiva. Cada uno de esos cambios fue combatido por las autoridades religiosas y los dirigentes políticos de orientación confesional. Ésa es la misma coalición que ahora intenta equiparar la legislación colombiana sobre el aborto a la de Nicaragua.
El modelo de sometimiento de la ley civil al control eclesiástico implícito en esta iniciativa es el del nacional-catolicismo que impuso en España la dictadura del General Francisco Franco. Lo que pretende es retrotraer los avances de la mujer hacia un esquema de sociedad premoderno, patriarcal y clerical.
Lo que se está proponiendo es nada menos que modificar la Constitución para ordenarle al Estado oprimir a las mujeres al impulso del fanatismo religioso.
Como lo define el filósofo británico Richard M. Hare, (1919-2002) el fanatismo es 'la actitud de alguien que persigue la afirmación de los propios principios morales, dejando que éstos prevalezcan sobre los intereses reales de las personas de carne y hueso, al mismo tiempo que permanece indiferente frente a los enormes daños que su actuación ocasiona a millones de seres humanos'.
Pico y Placa Medellín
viernes
0 y 6
0 y 6