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En firme: exministra Karen Abudinen no es víctima en el caso de Centros Poblados

En fallo de Segunda Instancia, el alto tribunal revocó la decisión tomada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Transitorio de Bogotá en octubre de 2022, que daba el calificativo de víctima a la exministra del gobierno de Iván Duque.

  • Karen Abudinen salió del ministerio de las TIC tras el escándalo de Centros Poblados en 2021. FOTO: COLPRENSA
    Karen Abudinen salió del ministerio de las TIC tras el escándalo de Centros Poblados en 2021. FOTO: COLPRENSA
25 de abril de 2023
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El Tribunal Superior de Bogotá ratificó que la exministra de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, TIC, Karen Abudinen, no se debe considerar una víctima en el caso que se lleva por el desfalco millonario de Centros Poblados.

En fallo de Segunda Instancia, el alto tribunal revocó la decisión tomada por el Juzgado Primero Penal del Circuito Transitorio de Bogotá en octubre de 2022, que daba el calificativo de víctima a la exministra del gobierno de Iván Duque.

La exfuncionaria alegaba la afectación a su buen nombre, el matoneo en redes sociales, que incluyó el uso de la palabra “abudinear” como sinónimo de robar, y el daño moral que sufrió a causa del escándalo que la llevó a renunciar para no dañar su reputación, como motivos para ser considerada víctima en el proceso.

Sin embargo, el alto tribunal resolvió la apelación presentada por la exministra, expresando que ese daño no se produjo a causa de las irregularidades presentadas en el proyecto para llevar internet a colegios en el país, cuyo testigo es Juan José Laverde.

Según se argumentó en la decisión, no se acreditó que la renuncia a su cargo y los señalamientos realizados por medios de comunicación, no son una consecuencia necesaria del ilícito.

Las manifestaciones deshonrosas hechas en su contra, según el apoderado, fueron proferidas por los medios de comunicación, sin que se avizore una conexidad material –en los referidos términos utilizados por la Corte Penal Internacional–, o bien, que sea predicable esa relación consecuencial entre la afectación a su honra y los delitos imputados”, expresa la decisión.

Igualmente, la Sala reiteró que los elementos de convicción presentados durante el proceso judicial no permiten afirmar que Karen Abudinen sufrió algún daño como consecuencia del delito imputado.

La condición de víctima de la exministra ya había sido negada el pasado 2 de marzo por el tribunal superior, durante la audiencia de acusación contra Juan José Laverde, en su condición de corredor de seguros y testigo principal de los hechos, y Ottoman Lascarro Torres, como presunto propietario de las empresas Intec de la Costa y Omega Building.

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