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Se enredó proceso contra jueza que dejó en libertad a integrantes de la Primera Línea sin tener las facultades

La jueza Lilyan Johana Bastidas fue denunciada por la Procuraduría por dejar en libertad a Santiago Márquez y Adriana Bermeo, dos integrantes de la denominada Primera Línea y los primeros en ser nombrados por el Gobierno Nacional como gestores de paz.

  • Magistrado Superior de Bogotá se declaró impedido para declarar en el caso de la jueza que dio libertad a integrantes de Primera Línea. Foto: Julio Cesar Herrera.
    Magistrado Superior de Bogotá se declaró impedido para declarar en el caso de la jueza que dio libertad a integrantes de Primera Línea. Foto: Julio Cesar Herrera.
26 de octubre de 2023
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El magistrado del Tribunal Superior de Bogotá, Hugo Alexander Ríos, se declaró impedido para tomar una decisión frente a la investigación adelantada en contra de la jueza Lilyan Johana Bastidas, coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Paloquemao en Bogotá, después de que esta fallara a favor de dos miembros de la Primera Línea y la Procuraduría la denunciara por no tener las competencias para dejarlos en libertad.

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Según dijo el magistrado Ríos al tribunal, luego de que la Fiscalía pidiera precluir el caso de la jueza Bastidas, no está en condiciones de dar su concepto, porque recientemente había compartido la opinión que tenía sobre la jueza para medios de comunicación.

“Como presidente de la Corporación de Jueces y Magistrados, en diferentes medios de comunicación y en entrevistas señalé el inconveniente para una democracia, que un procurador denuncie a jueces porque toman una decisión que no está de acuerdo con su interés personal. Lo señalé igualmente en otros escenarios periodísticos, como por ejemplo, El Tiempo, cuando se dijo de mi parte que ha habido presiones de lado y lado en liberaciones de Primera Línea y de acuerdo a ello, Corjusticia señala que no es posible con esa ley (2272 de 2022) que se obligue al sistema judicial a dejar en libertad a las personas”, argumentó el magistrado ante tribunal.

Después de que fuera citado para declarar frente al caso, la Fiscalía llega a la conclusión de que el caso puede cerrarse por cuenta de la “atipicidad del hecho investigado”, es decir, que su proceder no se configura como un acto delictivo o una irregularidad que amerite una medida disciplinaria.

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Por lo tanto, el ente investigador determinó que no existieron extralimitaciones de funciones ni “decisiones de escritorio arbitradas” como lo había denunciado en su momento la Procuraduría.

Vale señalar que la denuncia del ente acusador fue presentada, por haber incurrido presuntamente en prevaricato por acción y abuso de función pública, al haber dejado en libertad a Santiago Márquez y Adriana Bermeo, dos integrantes de la denominada Primera Línea y los primeros en ser nombrados por el Gobierno Nacional como gestores de paz.

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