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¿Qué diferencia hay entre el suicidio médico asistido y la eutanasia?

Los pacientes con enfermedades graves o incurables podrán acceder a estos procedimientos.

  • El procedimiento deberá estar bajo la supervisión del personal médico. FOTO: GETTY
    El procedimiento deberá estar bajo la supervisión del personal médico. FOTO: GETTY
11 de mayo de 2022

La Sala Plena de la Corte Constitucional decidió este miércoles darle viabilidad al suicidio médico asistido. Con una votación de 6 a 3, los magistrados decidieron despenalizar esta práctica en el país.

Esta decisión ocurre meses después de que la misma Corte eliminara las barreras para acceder a la eutanasia, otro procedimiento de muerte asistida, en decisiones catalogadas como históricas. Pero, ¿cuál es la diferencia entre un procedimiento y otro?

“La diferencia entre la eutanasia y el suicidio asistido es, básicamente, quién administra el fármaco”, explicaron desde la Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente.

Según esta organización, en el caso de la eutanasia es el personal médico quien administra el fármaco que provoca la muerte al paciente, mientras que en el suicidio médico asistido es el paciente quien se autoadministra el medicamento, eso sí, aclara la fundación, con asesoría de personal experto y autorizado.

Con la decisión de la Corte, el Código Penal elimina el castigo a las personas que ayuden a “poner fin a intensos sufrimientos provenientes de lesión corporal o enfermedad grave e incurable”, que era sancionado con una pena que se podía extender entre 16 y 36 meses de prisión.

Sin embargo, estos procedimientos deberán realizarse, estrictamente, bajo el amparo médico. De lo contrario, el suicidio asistido seguirá siendo castigado con entre 32 y 108 meses en prisión.

¿En que casos aplicará el suicidio médico asistido?

-Cuando el paciente esté diagnosticado con una enfermedad grave o incurable.

-Cuando el paciente tenga una lesión corporal grave o incurable.

-Cuando los dolores físicos, por cuenta de la enfermedad, sean incompatibles con la idea del paciente de vida digna.

“Lo que la Corte Constitucional acaba de despenalizar es muy importante para una sociedad laica y pluralista donde se protegen los derechos de las personas; garantizando así el libre desarrollo de la personalidad y el respeto por la autonomía de los pacientes en todo momento”, indicó John Wilson Osorio, jefe del Departamento de Humanidades de la Universidad CES y Coordinador de la Maestría en Bioética.

El profesor Osorio añadió que, con este pronunciamiento, Colombia compartirá protocolos similares con Bélgica, Países Bajos, Suiza, Luxemburgo, Australia, Canadá y varios estados de los Estados Unidos.

*Nota aclaratoria: en la primera versión de este artículo, publicado el 11 de mayo de 2022, utilizamos una imagen en la que se ve al médico Juan David Osorio González. La fotografía reposaba en nuestro archivo y fue utilizada con fines ilustrativos. Por petición del doctor Osorio, la fotografía fue retirada y reemplazada. Este medio aclara que la utilización de la imagen no pretendía vincular al profesional mencionado con la práctica del suicidio médicamente asistido.

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