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Por pedir soborno a extraditable, inhabilitan por 17 años a exdirector de La Picota

Según el proceso contra el exfuncionario, el dinero que le pidió al preso era para permitir que ingresaran a la cárcel amigos y familiares.

  • La decisión fue impuesta por el Procuraduría General de la Nación. FOTO COLPRENSA
    La decisión fue impuesta por el Procuraduría General de la Nación. FOTO COLPRENSA
  • El exdirector del Complejo Carcelario y Penitenciario La Picota de Bogotá, Luis Francisco Perdomo Claros. FOTO CORTESÍA
    El exdirector del Complejo Carcelario y Penitenciario La Picota de Bogotá, Luis Francisco Perdomo Claros. FOTO CORTESÍA
10 de noviembre de 2023
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La Procuraduría General de la Nación destituyó e inhabilitó por 17 años al exdirector del Complejo Carcelario y Penitenciario La Picota de Bogotá, Luis Francisco Perdomo Claros, quien estuvo al frente del penal hasta 2018.

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Según las investigaciones, el exfuncionario solicitó dinero a una persona privada de la libertad a cambio de obtener beneficios irregularmente.

En el juicio disciplinario contra Perdomo, el Ministerio Público comprobó que, abusando de su cargo, el exdirector del penal exigió la suma $30 millones a José Bayron Piedrahita Ceballos por autorizar el ingreso extraordinario de amigos y familiares al centro penitenciario para despedirse de él antes de ser extraditado a Estados Unidos.

En ese sentido, Perdomo Claros recibió por parte de familiares del extraditable dos pagos: uno por $10 millones y el otro por $20 millones, que fueron entregados en un establecimiento ubicado en la plazoleta de comidas de un hotel en Bogotá.

En ese lugar, de hecho, fue capturado en flagrancia por parte de integrantes del Cuerpo Técnico de Investigaciones (CTI) de la Fiscalía General de la Nación.

El exdirector del Complejo Carcelario y Penitenciario La Picota de Bogotá, Luis Francisco Perdomo Claros. FOTO CORTESÍA
El exdirector del Complejo Carcelario y Penitenciario La Picota de Bogotá, Luis Francisco Perdomo Claros. FOTO CORTESÍA

A juicio del ente de control, el entonces funcionario cometió una falta gravísima a título de dolo, pues a pesar de tener una amplia trayectoria en el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC) omitió su función de vigilar y custodiar a las personas privadas de la libertad, en el marco de los principios de transparencia e integridad.

En el fallo de primera instancia contra Perdomo, la Procuraduría estableció que “no resulta admisible que el director de una institución penitenciaria se reúna solo y de manera informal por fuera de su oficina –siendo incluso en su propia oficina cuestionable– con un familiar de una persona que está privada de la libertad, bajo su cuidado y vigilancia, máxime cuando el mismo investigado, en su intervención, señaló que había comentarios constantes de que al interior de La Picota se cobraba por absolutamente todo y que incluso se utilizaba su nombre o su cargo para ese propósito”.

Contra esta determinación, la defensa de oficio de Perdomo Claros interpuso recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria Ordinaria de Juzgamiento.

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