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¿Qué penas y multas le esperan a las personas que causen incendios en Colombia?

Desde el Ministerio de Ambiente revelaron que el 90% de los incendios forestales son generados por causas humanas.

  • El Código Penal contempla multas de hasta 15 años para los pirómanos. FOTO CORTESÍA
    El Código Penal contempla multas de hasta 15 años para los pirómanos. FOTO CORTESÍA
25 de enero de 2024
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Son 883 los municipios del país que se encuentran en alerta ante la posibilidad de registrar incendios forestales en el territorio. El fenómeno de El Niño, sumado a la injerencia humana, son las principales razones del inicio de las conflagraciones. Desde el ministerio de Ambiente indicaron cuáles son las multas o penas que podrían pagar los pirómanos en Colombia.

“Podemos decir que en la historia, en las lecciones aprendidas, el 90% de los incendios forestales son provocados, sea por accidente o premeditadamente”, advirtió la ministra de Ambiente, Susana Muhamad, en entrevista con Blu Radio.

Lea más: Colombia en llamas: bomberos han atendido más de 500 incendios en el país

Bomberos, Ejército y Policía son solo algunos de los organismos de socorro que han tratado, por aire y tierra, de controlar los incendios que se registran, principalmente en los departamentos de Cundinamarca, Santander, Vichada, Casanare, Guaviare y Antioquia.

La atención de estas emergencias, además del daño ambiental, también supone la inyección de recursos públicos. Solo el Gobierno Nacional ha destinado $710.000 millones de pesos para la atención de emergencias y ha destinado 44 mil galones de agua, 170 máquinas de bomberos y se han realizado 90 operaciones aéreas.

Entérese: Recuperar los frailejones perdidos por los incendios podría tardar más de 50 años

Los pirómanos que intenten provocar fuego, podrían recibir penas en prisión de hasta 15 años y multas 6.500 millones de pesos.

“Las personas que se pruebe que generaron incendios de forma premeditada pueden estar enfrentando 15 años de prisión y multas por hasta $6.500 millones”, apuntó Muhamad.

Las sanciones para los pirómanos están contempladas en el artículo 350 del Código Penal. Las penas también podrían ser agravadas si el incendio se provoca de manera intencional en un bosque, recurso florístico o en área de especial importancia ecológica.

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