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Corte Suprema de Justicia determinó que el bullying tendrá sanciones penales para agresores

Con un caso de menores que pertenecían a un equipo de waterpolo, la Corte condenó a los responsables al considerar esta práctica como un delito.

  • FOTO: Archivo
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22 de septiembre de 2023
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En un fallo, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ha condenado a un joven por acosar sexualmente y realizar matoneo a su compañero de equipo de waterpolo. El caso involucra a un menor que sufrió actos de intimidación y hostigamiento por parte de su compañero. El acusado, un joven de 14 años, fue llevado ante la justicia tras un prolongado proceso judicial.

El fallo de la Corte Suprema de Justicia establece que el acoso juvenil, comúnmente conocido como bullying o matoneo, puede ser considerado un delito. En esta decisión histórica, se reconoce que el acoso puede tener consecuencias graves, así sean menores de edad.

Los hechos condenados por la sala de asuntos penales para adolescentes del Tribunal Superior de Pereira, ocurrieron en el 2012 en Estados Unidos. Los niños colombianos viajaron a ese país por motivo de un campeonato de waterpolo y en una de las habitaciones del hotel donde se cometieron los actos indebidos contra el menor. Allí, sus compañeros lo calificaban como una persona “débil y de bajo carácter”.

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Por lo tanto, la Corte Suprema de Justicia ha emitido una sentencia contra el adolescente, quien fue condenado por actos sexuales con un menor de catorce años, un compañero de su equipo de waterpolo de tan solo 13 años.

Sin embargo, fue un conjunto de actos, no solo el bullying, que llevó a la Corte a tomar la decisión. Se describen hechos como forcejeo, fotografiar desnudo al menor, humillación y masturbación. El fallo de la Corte Suprema de Justicia marca un hito en la jurisprudencia relacionada con el acoso y resalta la responsabilidad legal de los adolescentes en casos de delitos.

El juicio se llevó a cabo en varias sesiones a lo largo de los años, entre 2015 y 2016. Finalmente, el fallo emitido en esa última fecha fue absolutorio a favor de los acusados.

Sin embargo, la familia del afectado no se rindió y apeló la decisión. En 2021, el Tribunal Superior de Pereira revisó el caso y revocó el fallo anterior. En esta nueva decisión, se declaró la responsabilidad de los acusados por el delito de acto sexual con un menor de 13 años.

La decisión del tribunal se basó en que, a pesar de las circunstancias que involucraron el bullying o matoneo por parte de los compañeros del adolescente, esto no eximió al condenado de su responsabilidad legal en este caso.

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