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Atención: Petro no podrá seguir transmitiendo los consejos de ministros por canales privados por orden del Consejo de Estado

La corporación le pide al mandatario que se abstenga de transmitir los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, del Canal 1 y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta.

  • Consejo de Ministros del presidente, Gustavo Petro. Foto: cortesía
    Consejo de Ministros del presidente, Gustavo Petro. Foto: cortesía
11 de abril de 2025
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El presidente Gustavo Petro sigue acumulando reveses en el Consejo de Estado. Esta vez, el alto tribunal le puso freno a la transmisión de los consejos de ministros, que se habían convertido en una práctica casi semanal a través de canales privados nacionales.

Al resolver una tutela que solicitaba regular el uso de la televisión pública, el Consejo de Estado concluyó que el mandatario y la Presidencia de la República estaban vulnerando el derecho al acceso a la información. Por ello, ordenó abstenerse de transmitir estos espacios a través de los canales privados, así como del Canal 1 y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta.

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En el recurso, la accionante alegaba que le fue vulnerado el derecho fundamental a la información porque, en dos ocasiones, no tuvo acceso a la programación ordinaria de los canales privados de televisión y, en su lugar, se había transmitido un consejo de ministros.

Para la corporación, esto está probado toda vez que “el derecho a la información es igualmente vulnerado, cuando la información difundida es única, sin la posibilidad de tener acceso, en paralelo y en las mismas condiciones, a otras fuentes de información, a otros enfoques o interpretaciones de la realidad y la única opción informativa es la información oficial del gobierno, difundida en todos los canales televisivos de acceso abierto”.

Añade que la ocupación prolongada de estos canales durante las transmisiones presidenciales restringe el derecho de los ciudadanos a elegir libremente qué contenido ver, al limitar de forma significativa la oferta televisiva disponible mientras se emiten los consejos de ministros.

“El derecho a la información es una prerrogativa constitucional cuyo ejercicio no puede ser obligatorio, sino libre y, por lo tanto, se vulnera, como ocurrió en este caso, cuando se cercena la posibilidad de no acceder a la información difundida en los consejos de ministros y la única opción para las personas consiste en excluirse, apagando el aparato, del acceso al servicio público de televisión”.

En consecuencia, le ordena tanto al mandatario como al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y a la Comisión de Regulación de Comunicaciones, CRC, “que se abstengan de reincidir en el hecho vulnerador del derecho fundamental a la información y, por lo tanto, no transmitan más los consejos de ministros a través de los canales privados de televisión, del canal Uno y de los canales locales, regionales y comunitarios de televisión abierta, independientemente de la hora en la que ello se pretenda”.

El Consejo de Estado le recordó al mandatario que existe la posibilidad de difundir los consejos de ministros en los canales de televisión públicos de carácter nacional, Señal Colombia y Señal Institucional.

“Esta decisión se adopta sin perjuicio de las competencias del juez de la acción de cumplimiento, respecto del carácter reservado que tienen los concejos de ministros, o de la determinación de la naturaleza de dicha reunión, como alocución presidencial”, concluye el fallo.

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