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“Se garantizará el ejercicio periodístico en elecciones”: Gobierno Petro tras los reclamos de la Flip

El Gobierno le solicitó a los servidores públicos promover la no estigmatización del ejercicio de la prensa para reducir la intolerancia y las agresiones contra periodistas en las elecciones.

  • Los ministros de Defensa e Interior aclararon que los periodistas podrán acudir libremente a los puestos de votación con sus cámaras, celulares y grabadoras de audio. FOTO CORTESÍA
    Los ministros de Defensa e Interior aclararon que los periodistas podrán acudir libremente a los puestos de votación con sus cámaras, celulares y grabadoras de audio. FOTO CORTESÍA
26 de octubre de 2023
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El gobierno de Gustavo Petro reaccionó y anunció medidas tras las denuncias de la Fundación para la Libertad de Prensa (Flip) sobre un decreto del Ministerio del Interior que restringiría el cubrimiento de los medios de comunicación en las elecciones de este 29 de octubre.

Lea también: La Flip denuncia que un decreto del MinInterior le impedirá a la prensa cubrir las elecciones libremente

Se trata del Decreto 1702 de 2023, que fue expedido el 19 de octubre pasado por parte del Gobierno y que, según la Flip, ordenaba una serie de medidas que imposibilitan a la prensa cubrir la jornada electoral que se celebrará este domingo.

Como respuesta a esa denuncia, los ministerios del Interior, Defensa y TIC emitieron la Circular Externa para corregir cualquier medida que afecte el trabajo de la prensa y detallaron que la construyeron junto a la Flip y delegados de la Registraduría Nacional.

“Con el documento de 4 páginas busca precisar las dudas de periodistas sobre la redacción de tres artículos: 4, 7 y 13, los cuales no tienen, en su esencia, un carácter violatorio de los derechos de los medios de comunicación”, detalló el minInterior en un comunicado.

Frente al artículo 4 del decreto la Flip reclamaba que determinaba que durante el día de elecciones se prohibiría toda clase de “entrevistas con fines político-electorales a través de radio, prensa y televisión”.

Desde el Gobierno se precisó que la expresión “fines político-electorales” hace referencia a la propaganda electoral definida en el artículo 35 de la Ley 1475 de 2011. Por ende, se señaló que únicamente se refiere a las comunicaciones públicas con fines proselitistas.

En cuanto al primer inciso del artículo 7, se aclaró que los periodistas podrán acudir libremente a los puestos de votación con los dispositivos necesarios para realizar su trabajo incluyendo cámaras, celulares y grabadoras de audio.

Al respecto se aclaró que los comunicadores podrán desarrollar sus labores en medio de la jornada electoral con esos dispositivos, pero deben respetar en todo momento el secreto del voto y no pueden interferir en el ejercicio electoral, al que tienen derecho los ciudadanos.

Además, sobre el artículo 13 del Decreto se señaló que el día de las elecciones los medios podrán cubrir sin restricciones, contrastando con fuentes oficiales, la situación de orden público en el país.

“Para este caso, en el desarrollo libre de la prensa y de los medios de información, las autoridades deben propender en que el debate público se maneje con respeto y tolerancia en el marco de los principios constitucionales alusivos a la libertad de expresión”, aclararon.

Por otra parte, el Gobierno le solicitó a los servidores públicos promover la no estigmatización del ejercicio de la prensa, en aras de reducir los niveles de intolerancia y de polarización que podrían traducirse en agresiones contra periodistas.

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