El Ministerio de Justicia planea radicar en el Congreso el próximo año un proyecto de acto legislativo con el que se busca reformar la Procuraduría y suprimir algunas de sus funciones actuales. Una de ellas es la de sancionar con destitución e inhabilidad a funcionarios elegidos por voto popular.
La noticia de la iniciativa de reforma a la Constitución llegó justo en la semana en la que la Procuraduría, en cabeza de Margarita Cabello Blanco, presentó tres tutelas contra tres fallos del Consejo de Estado que anulaban decisiones disciplinarias en contra de tres funcionarios elegidos popularmente.
Los fallos del Consejo de Estado tumbaron las inhabilidades que el Ministerio Público les impuso al exgobernador del Valle del Cauca Juan Carlos Abadía, el exsenador Eduardo Merlano y el exalcalde de San José de Fragua Duber Trujillo Medina. Aunque la Procuraduría presentó las acciones legales contra esas sentencias, no son las únicas.
El Consejo de Estado quiere establecer si finalmente será la última instancia del derecho disciplinario para funcionarios escogidos por voto, como lo dice una ley que reformó el Código Disciplinario buscando cumplir una orden de la Corte Interamericana, y como lo ratificó la Corte Constitucional en una sentencia de febrero de este año.
Para unificar criterios, desde hace algunas semanas no solo sostienen reuniones, sino que le pidieron aclaración a la Corte Constitucional.
El debate interno en el alto tribunal administrativo surge porque algunas de sus salas han decidido proceder con el recurso automático de revisión para hacer efectivas las sanciones disciplinarias, pero en otras han optado por no hacerlo, dado que la Procuraduría no es un ente jurisdiccional ni el Consejo de Estado es un órgano disciplinario, entre otros motivos.
La Procuraduría no solo ha tenido choques con el Consejo de Estado, sino que su facultad disciplinaria ha sido objeto de roces con el presidente Gustavo Petro. El mandatario defiende la idea de que solo un juez penal puede quitar derechos políticos, como dice la Convención Americana para los Derechos Humanos, mientras que Cabello sostiene que la Corte Constitucional avala su quehacer en el tema, permitiéndole suspender, destituir e inhabilitar a cualquier funcionario público.
La Corte Constitucional tomó una postura intermedia en febrero de este año, con una sentencia que se dio a conocer en agosto.
El alto tribunal señaló que, aunque la Procuraduría no es un ente jurisdiccional, sí puede destituir e inhabilitar, pero la sanción solo se hará efectiva con la revisión final del Consejo de Estado, lo que, en últimas, ha desencadenado decenas de interpretaciones con las que el Consejo busca unificar criterios.
En el texto del potencial acto legislativo se destaca que el Estado busca cumplir con sus obligaciones internacionales y cumplir a cabalidad la Sentencia Petro Urrego vs Colombia. La Corte Constitucional, por su parte, dijo que el Congreso cumplió ese deber con la Ley 2094 de 2021.
De ahí que el ministro de Justicia Néstor Osuna presentó el borrador del acto legislativo a altas cortes, Fiscalía y los propios entes de control cuyas funciones serán modificadas. Su intención es recibir observaciones al respecto para luego, en 2024, iniciar el correspondiente trámite legislativo. El Congreso, en algún momento del próximo año, tendrá la última palabra.
Dos temas claves en esta reforma
El borrador, de unas 40 páginas busca introducir dos cambios principales en las competencias de la Procuraduría. Por un lado, aunque se mantiene su carácter investigativo y sancionatorio para funcionarios públicos, se descartan de su jurisdicción disciplinaria a los escogidos popularmente, como alcaldes y congresistas.
Y, por otro lado, se mantiene la idea de que el Ministerio Público no sea interviniente en el proceso penal. Para ello, se otorgarán facultades excepcionales al Gobierno para garantizar estabilidad laboral a procuradores delegados y admitirlos en la rama judicial en cargos de fiscales o jueces.