Musa Besaile Fayad, exsenador de la república, fue expulsado por la Jurisdicción Especial para la Paz, JEP, por "incumplir con el régimen de condicionalidad al no aportar verdad inédita, exhaustiva y detallada".
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas fue la encargada de adoptar la decisión después de concluir que los aportes a la verdad del compareciente, que se encuentra privado de la libertad en el Centro de Reclusión Militar de la Brigada XIII del Ejército, “no son relevantes y denotan falta de seriedad y de compromiso”.
"Besaile Fayad incumplió el régimen de condicionalidad suscrito cuando se sometió a la JEP en enero de 2020 por sus vínculos con las Autodefensas para lograr su elección como senador y, también, por el proceso que le abrió la Corte Suprema de Justicia por actos de corrupción cuando trató de encubrir la investigación por nexos con los paramilitares", indica la Sala.
Tras escuchar la contribución que el exsenador expuso en cuatro diligencias, la Sala estableció que: "Su aporte de verdad no abarca aspectos relevantes de su compromiso. (...) Los aportes no son amplios y exhaustivos sobre otras personas que habrían estado involucradas con los hechos que relata. (..) No aportó hechos relevantes adicionales para develar la verdad del conflicto armado y los aportes de información entregados no son suficientes para mantener u obtener un beneficio".
Para la Sala, la actitud de Besaile en las diligencias estuvo más encaminada a controvertir su responsabilidad en los hechos investigados que en aportar verdad.
“El compareciente ofreció un relato mediante el cual pretende asumir un grado de responsabilidad menor al que indican las pruebas recabadas en su contra en la justicia ordinaria. Se presenta como una víctima de intimidaciones y amenazas, que lo llevaron a cometer los hechos investigados”.
Por estas razones, la JEP aplicó el principio de estricta temporalidad, que obliga a evitar un desgaste excesivo de la justicia. "Más, en un caso en el que no se aprecia intención real de aportar en materia de verdad, justicia, reparación y garantías de no repetición".
La Corte Suprema de Justicia, la Procuraduría y al Consejo de Estado fueron notificadas de esta decisión para que asuman su competencia.
Además de expulsar a Besaile, la JEP resolvió que tampoco aceptará su solicitud de sometimiento por otros 17 procesos que lleva la Corte Suprema de Justicia en su contra.
Para la magistratura “en ninguno de los sucesos investigados dentro de los procesos que fueron referenciados se puede hallar de manera clara la existencia de una relación directa o indirecta con el conflicto armado colombiano”.
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas consideró que esos procesos están relacionados con actos de corrupción en busca de beneficios propios o de terceros y que “Besaile Fayad pretendía relacionar con el conflicto armado para desactivar la competencia de la justicia ordinaria y cubrir de impunidad las graves consecuencias causadas con esos delitos”.