La experiencia laboral como abogado de un hombre ciego marcó el inicio de una batalla jurídica que el antioqueño Esteban Manco libró en la Corte Constitucional contra un artículo que llevaba 149 años de vigencia y que no favorecía a personas con esa discapacidad, pues no podían tener privacidad al formular su testamento.
De dicho pleito acaba de salir ganador tras una decisión unánime por parte de su Sala Plena. Los magistrados que la componen coincidieron en que una norma creada en el siglo XIX no se ajusta al modelo actual a la hora de que un ciego tramite su testamento en una notaría.
Durante todo este tiempo han tenido que hacerlo de forma pública, a pesar de que existen diversas herramientas que les garantizan mayor discreción. Por ende, los ocho togados que participaron del debate acogieron el pedido de Manco de tumbar el artículo 1076 del Código Civil, el cual establecía que alguien con esa discapacidad solo podía testar ante un notario y un testigo si lo hacía en voz alta.
Antonio José Lizarazo, magistrado ponente del caso, le explicó a EL COLOMBIANO que dicho entendimiento vulneraba los derechos a la igualdad y a la intimidad de esa población, pues se estaban exponiendo a la luz pública los bienes y sumas de cada herencia, algo que el resto de colombianos hace de forma privada y por escrito.
Dicha desigualdad fue advertida por Manco, profesor de Eafit que a comienzos del año pasado tuvo un cliente que lo llevó a pensar en preparar la demanda que radicó en mayo de 2021, la cual terminó siendo seleccionada para estudio entre las miles de tutelas que recibe la Corte cada año.
La batalla legal
Lo que logró este abogado litigante nacido en el barrio Santa María, de Apartadó, parte en dos la historia de los procesos notariales para las personas con discapacidad visual.
Tanto así que el Instituto Nacional para Ciegos –adscrito al Ministerio de Educación– celebró la sentencia calificándola como un gran avance en materia de derechos a la intimidad y la igualdad.
Sin embargo, para llegar a la decisión final, el despacho del magistrado Lizarazo revisó diversos conceptos de la Defensoría, Procuraduría y ciudadanos que expusieron posturas a favor y en contra de la demanda de Manco.
¿Qué dijo el Gobierno? A través del Ministerio de Justicia solicitó que el artículo fuera retirado del Código Civil para así no vulnerar los derechos de los ciegos, y “en aras de evitar la contradicción” con la Constitución, pues el resto de gente sí hace sus trámites de manera reservada,
En ese mismo sentido fue la intervención técnica del docente Néstor Charrupi, de la Universidad Externado, quien resaltó que los ciegos deben “estar facultados para otorgar testamento en la modalidad que crean conveniente”.
Fue con todo este material que la Sala Plena se reunió y sin la magistrada Diana Fajardo –estaba impedida– tumbó el cuestionado apartado, no sin antes advertir que la intención de los que lo proclamaron no era mala.
De hecho, la Corte aclaró que en su momento los legisladores quisieron prevenir abusos de la época que atentaban contra la persona que estuviera tramitando una herencia.
Pero ahora todo es distinto, y por eso se acogieron a la Convención sobre los derechos de las personas en situación de discapacidad y a la Ley 1996 de 2019. Estas hablan de que un ciego es autónomo y tiene la capacidad de intervenir en cómo tramita sus bienes y otros ejercicios legales.
El reto, tras el fallo, está en adecuar con las suficientes condiciones logísticas cada notaría del país, para que así se garantice un sistema braile o auditivo que le permita a dicha población procesar sus herencias a solas.
El antioqueño victorioso
Trabajar porque estos y otros derechos se velen ha sido una característica de Manco desde sus inicios como profesional. De hecho, este no es el primer caso que gana en la Corte Constitucional.
En 2020 –por medio de una demanda– también logró que los “hermanitos” huérfanos –menores de edad que quedan sin padres y hermanos– hereden la pensión que dejen el papá o la mamá, y gocen de ella hasta los 18 años, o hasta los 25 si demuestran que están estudiando.
De todos esos logros se enorgullece al decir que en ellos no “prima el clientelismo ni el apellido, sino los derechos constitucionales”. Además, así como ha trabajado en el ámbito jurídico, el antioqueño también ha intentado abrirse campo en la política.
Muestra de ello es que en las pasadas elecciones del 13 de marzo se presentó a una de las 16 curules de paz, la cual no ganó. A ella quiso llegar por medio de la subregión del Urabá, lugar donde creció y alcanzó a estudiar en la Escuela Barrio Vélez de Apartadó.
Estando allá fue desplazado por la violencia junto a su familia y ahora se reconoce como un sobreviviente del conflicto, defensor de la paz y de los derechos de la población que ha logrado garantizar con más de una sentencia a su favor, las cuales espera que no sean las únicas.