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¿Qué pasará con la hija de ‘Epa Colombia’? Abogado presentó acción de tutela

Juristas coinciden en que al momento de dictar la sentencia no se tuvo en cuenta que Daneidy Barrera es madre de una menor que no ha cumplido 1 año de edad.

  • Abogado presentó acción de tutela para que prevalezcan los derechos de la hija de Epa Colombia
    Abogado presentó acción de tutela para que prevalezcan los derechos de la hija de Epa Colombia
29 de enero de 2025
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Este miércoles la Corte Suprema confirmó la sentencia en contra de Daneidy Barrera Rojas, más conocida como ‘Epa Colombia’. La lectura hecha por el alto tribunal dejó claro la pena y su situación carcelaria, sin embargo hay interrogantes sobre el futuro de la hija de la influencer, pues su abogado ha interpuesto un recurso legal ya que la empresaria aún es lactante.

Por los actos cometidos el 22 de noviembre de 2019 en una estación de TransMilenio, la creadora de contenido y empresaria Daneidy Barrera Rojas fue condenada a cinco años y dos meses de prisión intramural, sanción que pagará en la cárcel del Buen Pastor.

Lea también: ¿Qué pasará con las redes sociales de ‘Epa Colombia’ luego de su captura?

Esta medida ha causado descontento en su defensa y adeptos a la empresaria, quienes buscan varios recursos legales para cambiar el destino de la sentencia y evitar que la mujer vaya a un centro carcelario.

Una de las iniciativas comunicadas por su abogado, Omar Ocampo, es hacer una solicitud ante el presidente Gustavo Petro para que sea declarada gestora de paz. “Ella ya se ha resocializado, le ha prestado un servicio a la ciudad y ha hecho empresa”, afirmó ante los medios en una rueda de prensa a la salida de la Corte.

Otro de los anuncios que hizo el defensor de la influencer es acerca de su situación como madre de una menor de edad, pues Daneidy tiene una hija de 9 meses.

Ocampo confirmó la presentación de una acción de tutela con el fin de que prevalezcan los derechos de Daphne Samara, hija de ‘Epa Colombia’. “Daneidy Barrera Rojas es madre cabeza de familia con una menor de edad de ocho a nueve meses de nacida y hay unos intereses internacionales y constitucionales que prevalecen como lo es el artículo 43 y 44 de la Constitución Política colombiana que por no ser escuchado no fue tenido en cuenta”, mencionó el jurista.

¿Es procedente la acción de tutela presentada por el abogado de Daneidy Barrera?

EL COLOMBIANO habló en exclusiva con el abogado penalista y docente universitario Andrés Arteaga, quien compartió cuál es el proceder en este tipo de casos cuando una mujer madre lactante es condenada a prisión intramural.

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“Normalmente estas personas cuando están recluidas y demás pues disponen algunos espacios para que las mamás puedan estar con sus hijos, que sean lactantes y en algunos momentos se dejan que ellos estén en algunas celdas hasta quizás los dos años” mencionó el jurista, aclarando que en algún futuro Daneidy puede gozar de algunos beneficios pasados dos años siempre y cuando muestre una buena conducta.

Por otra parte, Arteaga aclara que efectivamente no se tuvo en cuenta su situación de madre al momento de dictar una sentencia, sin embargo, no era el escenario para la presentación de la tutela.

Teniendo esto en cuenta, para el abogado consultado por este medio dicha acción no tiene vocación porque “es una decisión contra providencia judicial que en efecto la Corte no tendría por qué analizar esta situación para ese momento”, por lo que ese tema tendría que ser tratado ante un juez de ejecución de penas.

El jurista confirma que al ser madre cabeza de familia, si el abogado Ocampo argumenta bien el caso ante un juez de ejecución de penas deberán darle la prisión domiciliaria, sin embargo, hay un aspecto que es crucial y es que en la sentencia se tiene el agravante que dichas acciones fueron “con fines de terrorismo”.

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