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El camino que falta por recorrer para revivir el uso del glifosato

El Ministerio de Justicia publicó un decreto que tiene pautas a seguir en caso de volver a usar el herbicida, pero que no implicará el regreso automático del método. Este será el proceso.

  • ilustración Morphart
    ilustración Morphart
14 de abril de 2021
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El hecho de que el presidente Iván Duque y su gabinete firmaran el Decreto 380 de 2021, en el que se establecen pautas para el regreso de la aspersión aérea con glifosato en Colombia, no representará la reactivación automática del Programa de Erradicación de Cultivos ilícitos con el uso de herbicida.

Así lo explicó el ministro de Justicia, Wilson Ruiz, quien precisó que el decreto no habilita el regreso de las aspersiones aéreas con glifosato en el país, suspendidas desde 2015. Por lo tanto, el retorno a ese método deberá atravesar por un proceso en el que intervienen varias entidades e instituciones.

¿Para qué es el decreto?

Esta herramienta legal, que impulsó el Gobierno, define cómo se hará la aspersión aérea y las condiciones para que el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE) apruebe las fumigaciones. Además, fue creada con el fin de dar pautas para regular el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente, que implica este método.

Dentro de esa normativa, se confirmó que el Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante aspersión aérea con glifosato (Pecig) será ejecutado por parte de la Policía Nacional, y a su vez se definieron los lineamientos para recibir y tramitar las quejas ciudadanas sobre el programa.

También se definió que se excluirán las áreas del Sistema Parques Nacionales, los Parques Naturales Regionales, y ecosistemas como páramos y humedales. Además, se estableció que cuando la ejecución del Pecig afecte directamente a alguna comunidad étnica tendrá que adelantarse un proceso de consulta previa. Por otra parte, en el texto se define que la Policía enviará cada mes un informe al Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), a la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla) y a Fonvivienda, detallando sobre las aspersiones aéreas que haya adelantado.

Lo que sigue en el proceso

Con la publicación de este decreto, el Gobierno responde a dos de las exigencias que en 2017 hizo la Corte Constitucional para retornar al uso del herbicida: se tiene una reglamentación elaborada por un órgano diferente al que ejecuta el Pecig (la Policía), y se crea un mecanismo para recibir y tramitar quejas del programa.

No obstante, a pesar de este avance, el regreso del glifosato no será inmediato debido a que todavía hacen falta varios pasos en ese proceso.

Así lo explicó María Alejandra Vélez, directora del Centro de Estudios de Seguridad y Droga (Cesed) de la Universidad de los Andes, quien planteó que el decreto es apenas uno de los primeros pasos, ya que “todavía faltan los conceptos sobre riesgos para la salud y el ambiente, que son exigidos en el proceso”.

Según explicó Vélez, el concepto sobre los riesgos ambientales lo debe dar la Anla, que debe aprobar la modificación del plan de manejo ambiental (PMA) del Pecig.

“En el Cesed revisamos ese plan de manejo ambiental que presentó la Policía, y nos pareció deficiente. Básicamente se asume que los costos ambientales son cero y no se tasan riesgos por filtraciones de glifosato al subsuelo, aguas subterráneas y ríos”, planteó.

Con este propósito, la Anla hizo una audiencia el 19 de diciembre de 2020, pero no ha emitido su decisión sobre la modificación del PMA, ya que la audiencia se realizó bajo el entendido de que no era necesaria la consulta previa a las comunidades, por un resolución del Ministerio del Interior que un juez dejó sin efectos y que requiere decisiones de fondo.

Por otra parte, sobre el concepto de la evaluación de riesgos de salud que tendrá la fumigación, EL COLOMBIANO consultó al INS y desde la entidad se informó que este ya fue entregado a Minsalud, y se explicó que en él no se hace una aprobación, negación o recomendación, sino un análisis de la evaluación de los riesgos.

También, se aclaró que ese concepto se entregó con base en la evaluación que contrató el Gobierno con la Universidad de Córdoba, y se aclaró que el documento solo podrá ser divulgado por el Minsalud.

Además, otro requisito de la Corte es que se priorice la sustitución voluntaria y la erradicación manual sobre la aspersión, que sería el último recurso.

Al respecto, el ministro de Defensa, Diego Molano, explicó que el programa no llegará a zonas de sustitución voluntaria, y se enfocará en “cultivos industrializados, y cultivos nuevos con injerencia de grupos armados organizados, residuales y narcotraficantes”.

“Ese aspecto no está claro, pues se tendrá que definir en cuáles escenarios sí es este realmente el último recurso, como lo establece el Acuerdo de Paz y como exige la Corte”, dijo Vélez.

Solo cuando se cumpla con todos los requisitos el Gobierno podrá citar al CNE (del que hacen parte varios ministerios, la Procuraduría y la Fiscalía) que debe dar el visto bueno para reanudar la aspersión. Por eso, aún no existe fecha

2015
fue el año en el que el CNE decidió suspender la aspersión aérea con glifosato.
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