La Corte Suprema de Justicia ordenó la recaptura de dos miembros de la Primera Línea después de que la Procuraduría General de la Nación, a través de una acción de tutela le solicitara al alto tribunal no concederles la libertad porque la decisión se emitió “desconociendo el principio de oralidad y de doble instancia”.
Adriana Bermeo y Santiago Márquez habían sido designados como gestores de paz por el Gobierno Nacional, en cabeza del presidente Gustavo Petro, poco después de que fueran liberados en 2022 y ser procesados por los delitos de concierto para delinquir, empleo o lanzamiento de sustancias u objetos peligrosos, fabricación y tráfico de sustancias u objetos peligrosos y violencia contra servidor público.
Según detalla la tutela presentada por el Ministerio Público, la juez coordinadora del Centro de Servicios Judiciales de Bogotá suspendió la medida de aseguramiento en contra de los dos detenidos sin haberlos sometido antes a un reparto ni a una audiencia pública, por lo que se habría infringido el debido proceso y se desconocieron los principios rectores del Sistema Penal Acusatorio como la oralidad, publicidad y contradicción.