Los ciudadanos que apoyan la resucitada revocatoria al alcalde de Medellín Daniel Quintero tienen puesta la expectativa en la decisión que tome la Registraduría sobre si apelará o no el fallo con el cual el Tribunal Administrativo de Antioquia le ordenó al organismo electoral, en un plazo de ocho días, cumplir su obligación de notificar al presidente de la República la certificación de las firmas ciudadanas recolectadas para sacar adelante la iniciativa.
EL COLOMBIANO conoció que el equipo jurídico de la Registraduría ha estado evaluando la situación y que lo más probable es que impugne la decisión del Tribunal, cuyo plazo se vence hoy. El argumento del órgano electoral sería que cumplió con su deber de certificar las firmas, pero que el proceso está a la espera de que el Consejo Nacional Electoral (CNE) informe si, con base en los estados contables presentados por el comité revocador, se respetaron los topes del dinero que se podía usar en la recolección de firmas; en últimas, el paso que tiene frenado el proceso.
En efecto, la Registraduría certificó las firmas en tres ocasiones, la última de ellas en febrero pasado, cuando determinó que un total de 132.547 rúbricas fueron válidas entre las más de 300.000 que fueron presentadas.
¿Qué esperan del proceso?
El abogado Nelson Hurtado Obando, quien presentó la acción de cumplimiento fallada recientemente por el Tribunal, explicó que aún corren los términos para que la Registraduría apele el fallo. Sin embargo, considera que no habría argumentos válidos para una impugnación.
“Desde mi visión, según la estructura jurídico legal del fallo, la Registraduría no tiene argumentos para apelar. La decisión es muy clara confrontada con las normas constitucionales y legales. Una apelación en este sentido solo tendría un carácter dilatorio”, manifestó el abogado.
En la misma línea opinó Andrés Rodríguez, líder de la revocatoria, quien resaltó que desde el principio el proceso ha estado marcado por varias acciones tendientes a que no se logren los tiempos para convocar a las urnas, pues aseguró que han cumplido con todos los requisitos, incluido el de respetar los topes de los estados contables.
Al respecto, el abogado Hurtado indicó que el CNE no tiene competencia para certificar los estados contables ni iniciar investigaciones para determinar si se violaron los topes.
En cualquier caso, si la Registraduría apela, el Consejo de Estado tendría 10 días hábiles para tomar una decisión en segunda instancia, según afirmó Hurtado.
En caso de que este falle a favor de la revocatoria, las votaciones se deberían convocar antes del próximo 31 de diciembre, 12 meses antes de que se llegue el final del gobierno de Quintero.
De concretarse el llamado a votación, para que la misma tenga efectos deberá acudir por lo menos el 40% de los votantes que fueron a las urnas en las pasadas elecciones a la alcaldía de Medellín. Según los escrutinios para elegir alcalde se depositaron 783.820 votos válidos, es decir, se necesitarían 313.528 votantes (40%) y de esa cifra, la mitad más uno debe votar por el Sí.
Y ante una eventual decisión positiva de los ciudadanos a revocar al alcalde, el presidente deberá nombrar un encargado mientras se surte el proceso de la terna que debe presentar el movimiento Independientes, con el que Quintero hizo campaña.
Hurtado precisó que esto es posible si al momento de posesionarse el alcalde, el movimiento tenía personería jurídica; sin embargo, otros expertos han dicho que al respecto hay muchos vacíos jurídicos. Lo cierto es que ya no sería posible convocar a las urnas para elegir a otro mandatario que concluya el actual periodo