Una muy buena noticia recibió la comunidad rural del municipio de Rionegro pues con esta se pone fin a la problemática que venían padeciendo desde 2023 y que afectaba gravemente a sus predios, sobre todo los aledaños al aeropuerto José María Córdova.
Según detalló la Personería de Rionegro, ya se conoció la decisión que un juez de la República tomó contra la Oficina de la Superintendencia de Notariado y Registro de ese mismo municipio y la Superintendencia Nacional de Notariado y Registro con la que por fin acaba con la tiradera de pelota que tenían dichas entidades y la Aeronáutica Civil –Aerocivil– y que había dejado en el limbo a cerca de 360 predios de tres veredas rionegreras.
Cabe recordar que, como lo mostró EL COLOMBIANO el pasado 2 de julio, cientos de familias de las veredas Chachafruto, Abreito, El Carmín y Abreo tienen sus predios dentro del polígono de 406 hectáreas de tierra donde a futuro se ubicaría la segunda pista del aeropuerto José María Córdova JMC.
Según le comentaron algunos voceros de las familias a EL COLOMBIANO en ese entonces, el 30 de abril de 2015 la Aeronáutica Civil expidió una resolución con la que declaraba de utilidad pública el polígono al costado occidental del JMC, para construir allí a futuro la segunda pista. Para el 4 de julio de 2017, desde la Aerocivil, se emitió el oficio 3001.422 en el cual se le pidió a la Oficina de Registros Públicos de Rionegro expedir en los certificados de libertad de los 360 predios del polígono una nota de afectación de utilidad pública por interés social.
A raíz de esta afectación no se permitía realizar construcciones de ningún tipo en los predios afectados, y se estancaba el precio comercial de los terrenos en el avalúo que la Aerocivil consideró, pues dichas medidas tenían como fin evitar la compra y la sobrepoblación en la zona y así no indemnizar a más personas cuando se diera luz verde a la nueva pista.
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La cuestión es que la declaratoria tenía una vigencia de hasta seis años por lo que esta debería extenderse a más tardar hasta julio de 2023 pues hasta esa fecha, la Aerocivil tenía plazo para comprar los predios y comenzar la construcción de la segunda pista, cosa que no pasó.
Los habitantes del polígono solicitaron entonces que se levantara la medida que los tenía afectados. En julio de 2023 se hizo la primera solicitud ante la Aerocivil, pero el 7 de ese mismo mes esta dijo que, según el artículo 37 de la Ley 9 de 1989, eso le correspondía al registrador de Instrumentos Públicos de Rionegro. Sin embargo, la Oficina de Registros Públicos de Rionegro comentó que, sin oficio, resolución o acto administrativo emitido desde la Aerocivil, no se podía proceder.
Con este precedente, y la denuncia de EL COLOMBIANO, el pasado 28 de octubre (o sea más de 1 año después de este entuerto jurídico) el personero de Rionegro Jorge Restrepo Gómez interpuso una tutela contra la Superintendencia de Notariado y Registro luego de que no obtuviera respuesta a un derecho de petición que instauró en julio de 2024 ante la entidad y con el que buscaba ponerle fin a la tiradera de pelota mencionada. En sus alegatos Restrepo anexó un caso similar ocurrido en el municipio de Palmira en el que la misma Superintendencia le dio la razón a la comunidad, por lo que el referente sería de peso para incidir en las decisiones de la justicia.
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En la tutela en la que posteriormente se vinculó también a la Oficina de Registros Públicos de Rionegro, la Superintendencia dijo que “a raíz de su carácter autónomo y su función de publicidad de actos” poco tenía que ver en el asunto, que a su juicio era más responsabilidad de la Oficina de Rionegro.
Por eso, esa primera decisión emanada por el Juzgado Segundo Laboral de Rionegro, el pasado 8 de noviembre, le dio la razón al personero y ordenó a la Superintendencia que diera respuesta clara a la solicitud de desafectación. Sin embargo, la Superintendencia apeló la decisión, por lo que el caso llegó al Tribunal Administrativo de Antioquia.
El Tribunal volvió a darle la razón al personero y ordenó a la Superintendencia que en 10 días hábiles después del 11 de diciembre procediera a emitir concepto a la Oficina de Rionegro “para que aclare los alcances de la pérdida de ejecutoria de los efectos de las Resoluciones 0964 del 30 de abril de 2015 y 02515 del 30 de agosto de 2016 expedidas por la Aeronáutica Civil”. En síntesis, para que comentara como los propietarios de los predios podrían desafectarlos de las asfixiantes restricciones impuestas desde hace casi una década.
“(...) El Registrador de Instrumentos Públicos, en ejercicio de sus funciones y autonomía, proferirá el acto administrativo correspondiente. El acto se llevará a cabo previa solicitud de la parte interesada y tras la verificación probatoria de que el predio objeto de la medida no haya sido adquirido dentro de los seis años contados a partir de la afectación. Finalmente, me permito informarle que mediante oficio del 26 de diciembre de 2024 a la registradora Seccional de Instrumentos Públicos de Rionegro se han remitido los pronunciamientos mencionados. La finalidad es que, dentro de su competencia y en el ejercicio de la función registral, se sirva validar la situación puesta en conocimiento y realizar las acciones administrativas que correspondan para dar una respuesta a la problemática planteada”, se lee en un documento emanado desde la Superintendencia.
“Desde la Personería decidimos no instar a las instituciones a pronunciarse sino de una vez instaurar la tutela para que respondieran de fondo la petición hecha y en la que claramente pedíamos que se pronunciara con la instrucción directa de retirar la anotación de afectación de los folios de matrícula de cada uno de los inmuebles. Y la justicia concluyó que esto sí es tarea de la seccional Rionegro, por lo que se da vía libre para que cada propietario interesado se proceda con la desafectación”, dijo el personero Restrepo a EL COLOMBIANO.
El funcionario detalló que los propietarios que, por ejemplo, tenían inmuebles afectados podrán destrabar trámites como la legalización de predios, la gestión de licencias para mejoras constructivas e incluso retomar los trámites de sucesión que antes estaban parados.
“Es decir, los ciudadanos pueden gozar de nuevo de sus inmuebles de forma libre pues se acaba esa tiradera de la pelota. Ya cada uno de los propietarios debe adelantar la petición de desafectación con el documento enviado desde la Superintendencia”, apuntó Restrepo.
Sin embargo, dada la magnitud del asunto, algunos cuestionados sectores políticos han salido a despotricar de la decisión judicial acusándola de que será la que enterrará la futura segunda pista del JMC. Ante esto, el personero Restrepo ha comentado que esto es completamente falso, y de hecho actualmente hay un consorcio a cargo de la actualización del Plan Maestro para la segunda pista y en este no se descartaría incluso ampliar el polígono de tierra donde se hará la construcción.
“Esta decisión antes es un llamado a los entes nacionales para que haya actuaciones y despliegues eficientes acordes a la normativa, para que este tipo de circunstancias no generen eventos como los que evidenciamos. Por ello, si se llega a generar una nueva afectación a los predios, pues deberán tenerse en cuenta las nuevas realidades de las que gocen los inmuebles”, puntualizó Restrepo