Una buena noticia para el sector del entretenimiento nocturno se dio por parte del alcalde de Medellín, Daniel Quintero, tras compartir el decreto 0125 de 2021, que autoriza el consumo de bebidas alcohólicas dentro de los establecimientos hasta las 2:00 a.m.
Así mismo, los alcaldes de Itagüí, José Fernando Escobar, y de Envigado, Braulio Espinosa, al sur del Valle de Aburrá, también anunciaron nuevos horarios que funcionarán dependiendo de la ubicación del negocio y de si es bar o restaurante.
Lo que regirá en Medellín
Antes del último decreto, los bares, discotecas y restaurantes que vendieran bebidas alcohólicas en la ciudad solo podían ofrecer ese servicio hasta las 11:00 p.m., lo que significa que el horario se amplía por tres horas más.
“Luego de mucho tiempo y un trabajo articulado con el sector privado, el alcalde Daniel Quintero anuncia al comercio nocturno que gracias a esta autorización que nos da el Ministerio del Interior ya podemos no solo abrir hasta las 2 de la mañana, sino que podemos consumir licor de manera responsable hasta esa misma hora”, dijo Alejandro Arias, secretario de Desarrollo Económico de la ciudad.
Según Arias y Juan Pablo Valenzuela, presidente de Asobares Antioquia, la Alcaldía de Medellín le propuso este plan piloto al Ministerio del Interior y este último lo aprobó en un tiempo récord.
Valenzuela celebró la decisión argumentando que los ingresos de un establecimiento nocturno están representados en un 85 % después de las 10:00 p.m. y recordó que cerca de 15.000 empleos directos se están recuperando con la reactivación económica de ese sector económico de la ciudad.
Quintero argumentó que la decisión se tomó tras un análisis estadístico de la pandemia que permitió dar luz verde al nuevo piloto. “Esta extensión exige responsabilidad de parte de comercios, cumplir bioprotocolos y cuidar aforos. El virus sigue ahí”, escribió en su cuenta personal de Twitter.
En Envigado, el alcalde Espinosa afirmó “extendemos el horario del plan piloto para establecimientos comerciales de funcionamiento nocturno hasta las 2 a.m., con excepción de los establecimientos ubicados en zonas residenciales, quienes continúan hasta las 12 p.m.”
Nuevos horarios en el municipio de Itagüí
Para el caso de Itagüí, la Alcaldía expidió un decreto que explica los diferentes horarios dependiendo de la ubicación del negocio y del día de la semana.
- Los establecimientos de comercio tipo restaurantes o locales gastronómicos y de comidas rápidas podrán funcionar hasta las 11:59 p.m.
- Los establecimientos comerciales que presten el servicio de restaurante y que cuenten con autorización para consumo de bebidas embriagantes dentro del local, ubicados en zonas comerciales, podrá operar en los siguientes horarios según el día:
De lunes a miércoles hasta las 11:59 de la noche y de jueves a domingo, o entre semana víspera de festivo, los establecimientos ubicados en el perímetro del Parque Principal de Itagüí y en zonas comerciales por fuera del mismo podrán operar hasta las 2:00 a.m. del día siguiente.
Mientras que los que se ubiquen por fuera del perímetro, y en general en zonas residenciales, podrá operar hasta las 11:59 p.m.
Por otro lado, los establecimientos comerciales que cuentan con autorización para vender licor y que estén ubicados sobre la Autopista en jurisdicción de Itagüí, podrán operar de jueves a domingo, o entre semana víspera de festivo, hasta las 3:00 a.m. del día siguiente. Y de lunes a miércoles hasta las 11:59 de la noche.
Además, la Alcaldía recordó que durante todo el tiempo que los establecimientos de comercio permanezcan en funcionamiento deberán cumplir los protocolos de bioseguridad.
Cabe recordar que Medellín, Itagüí, y el departamento en general, han tenido reducciones en la cantidad de nuevos casos reportados y de ocupación UCI. Según datos del último informe del Ministerio de Salud, publicado en la tarde de este sábado, Antioquia tuvo 598 nuevos contagios, de los cuales 304 se dieron en la capital antioqueña y 25 en Itagüí.
¿Cuáles son los protocolos que deberán cumplir?
El Ministerio de Salud definió los protocolos que deben aplicarse específicamente en los lugares que estén autorizados para vender bebidas alcohólicas.
Según los lineamientos de esa autoridad Nacional, los establecimientos deben instalar un punto de control en la entrada del local para hacer registro de ingreso de clientes, así como toma de temperatura, autodeclaración de estado de salud, verificación del uso correcto de tapabocas y la realización de la desinfección de manos.
“Además es importante garantizar la circulación natural del aire para disminuir el riesgo de propagación, así como el distanciamiento físico de dos metros entre personas en las barras en caso de que aplique y entre mesas o grupos de personas”, dice el Ministerio.
En el lineamiento también se contiene la prohibición de baile en el interior del establecimiento y en las áreas que tenga habilitadas para prestar este servicio. Las pistas de baile deberán ser utilizadas para la adecuación de mesas y debe haber un distanciamiento de 2 metros entre persona y persona en las barras y las mesas o grupos.
Sumado a eso, el Ministerio de Salud prohíbe el lanzamiento de papeletas, espuma, confeti, agua y otros elementos o sustancias que puedan convertirse en fuente de contagio y compartir elementos como los micrófonos.
Por último, el aforo dependerá de las condiciones de cada establecimiento.