La ley es para todos. Eso es lo que acaba de recordarles el Juzgado Promiscuo Municipal de San Francisco, Antioquia, al alcalde de San Luis, César Buitrago Arias, y a una de sus secretarias, a quienes acaba de ordenarle arresto y sendas multas por desacatar un fallo judicial.
El juez ordenó tres días de arresto domiciliario contra el mandatario y su secretaria de Hacienda, Zoraida de Jesús Quiceno Giraldo. Ambos además deberán pagar una multa equivalente a un salario mínimo legal vigente debido al desacato de un fallo judicial.
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La decisión se tomó por el incumplimiento de una sentencia de tutela que ordenó al alcalde responder un derecho de petición instaurado por el ciudadano Julio Arturo Ceballos Moreno, quien solicitaba la prescripción de deudas contraídas por el impuesto predial.
El señor Ceballos radicó el derecho de petición y adelantó todos los trámites administrativos correspondientes para que su derecho como ciudadano a ser informado y a que las autoridades atendieran su requerimiento fueran respetados. Sin embargo, el hombre no recibió respuesta alguna. Así que como medida de amparo interpuso una acción de tutela, la cual falló a su favor el 27 de septiembre de 2024. Sin embargo, pese a este fallo, la administración del alcalde Buitrago tampoco cumplió con su responsabilidad administrativa ni ante la ley.
Ante la cadena de negligencias y omisiones, el señor Ceballos inició un incidente de desacato que, nuevamente falló a su favor. En la decisión el juez hizo énfasis en la injustificada negligencia del alcalde y la funcionaria directamente implicados que terminaron en la vulneración de los derechos fundamentales del solicitante, especialmente al tratarse de un ciudadano de la tercera edad que lo único que quería era regularizar su situación tributaria.
“Por tanto, al mostrarse frustrado en el tiempo su cumplimiento y no existiendo una razón válida que así lo justifique, el Juzgado emitirá decisión tendiente a sancionar al representante legal del Municipio de San Luis o a quien haga sus veces y a la Secretaria de Hacienda y Desarrollo Económico, debido a las consecuencias que ese incumplimiento podría derivar para el afectado, pues la actitud dilatoria del incidentado, continúa vulnerando los derechos fundamentales que fueron amparados, de quien se recuerda, es una persona de protección especial, al tratarse de un señor de la tercera edad, que no conoce del tema ni del proceder del Municipio frente a su inquietud y buena fe de ponerse al día y organizar su situación de impuesto predial”, reza el fallo.
Según puntualizó el juez, el fallo enfatiza en las obligaciones legales y sobre todo éticas que tienen los funcionarios públicos de respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos. Y en este caso concreto, el juzgado advirtió que los argumentos que utilizó la alcaldía para negarse a responder, por supuestos “políticas financieras”, viola flagrantemente las normas y los principios del debido proceso.
El alcalde y su funcionaria podrán apelar la decisión, que deja como precedente la obligación que tienen los funcionarios de cumplirle a la ciudadanía y deja en evidencia cómo hasta el más sencillo de los trámites administrativos a los que tiene derecho un ciudadano se ven continuamente transgredido por los funcionarios públicos.
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