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10 mitos más frecuentes sobre las cesantías

Las cesantías les permiten a los trabajadores mantener su calidad de vida. Estas son algunas de las dudas alrededor de este recurso.

  • Ilustración SSTOCK
    Ilustración SSTOCK
31 de enero de 2025
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Al inicio de cada año aparecen dos fechas importantes: el 31 de enero, fecha límite para pagar los intereses de las cesantías, y el 14 de febrero, fecha límite para que las empresas consignen en los fondos las cesantías de los trabajadores. Pero, ¿qué se puede hacer con el dinero?, ¿cómo se pueden retirar?

El principal error consiste en cubrir antojos. Es importante recordar que se pueden utilizar para educación propia o del núcleo familiar, compra de vivienda, remodelación, o al finalizar un contrato laboral”, afirma Andrés Gallo, gerente de Soluciones Corporativas de Skandia.

A continuación, le contamos los mitos más frecuentes y cómo aprovecharlas mejor.

Mito 1

Las cesantías son un dinero extra

No, son una prestación social a la que tienen derecho los trabajadores formales en el país. Su objetivo es ser un respaldo si las personas quedan cesantes, es decir, desempleadas, para que puedan mantener su calidad de vida mientras encuentran un nuevo empleo.

“Equivalen a un mes de salario por cada año trabajado o proporcional al tiempo laborado. Es decir que no representan un salario adicional, por lo que el trabajador no puede disponer libremente de este dinero”, dice Ángela Maya, líder del negocio de Ahorro y Retiro de Protección.

Mito 2

Solo se pueden usar cuando se está desempleado

No, son una herramienta de ahorro y planeación financiera que contribuye a materializar sueños como tener vivienda propia o continuar estudios. Según datos de Protección, en 2024 el 44,1 % de desembolsos de cesantías fueron para compra y mejora de vivienda y el 9,9 % se destinó para educación.

Mito 3

Se pueden utilizar para lo que se desea

No, cuando un trabajador requiere hacer uso de ellas debe justificar su solicitud ante el empleador y el fondo de cesantías. Debe demostrar que los recursos serán destinados a los fines permitidos por la ley, como compra o mejora de vivienda, pago de educación o respaldo económico en situaciones de desempleo.

También le puede interesar: Generación Z vs. adultos, ¿cómo perciben y usan las cesantías?

Mito 4

No se puede elegir cómo invertir las cesantías

Se puede hacer mediante dos portafolios, uno de corto y otro de largo plazo, o pueden combinarlos en subcuentas, según sus metas. El portafolio de corto plazo es ideal para perfiles conservadores o retiros rápidos, mientras que el de largo plazo se orienta a proyectos como adquirir vivienda o afrontar desempleo.

Mito 5

Las cesantías no se heredan

En el momento en que fallece un trabajador, sus cesantías pueden ser reclamadas por sus herederos. Este recurso forma parte de los activos a lo que tienen derechos sus beneficiarios en la sucesión. Para realizarlo, se debe hacer la gestión con la empresa y el fondo de cesantías correspondiente.

Mito 6

Retirarlas es muy complejo

El proceso de retiro de cesantías es sencillo y según el fondo puede ser hasta 100 % digital. Lo importante es tener la documentación que justifique para qué las van a utilizar.

Mito 7

No se puede elegir el fondo de cesantías

Los trabajadores tienen derecho a seleccionar el fondo o hacer un cambio si así lo desean. Se recomienda revisar rendimientos históricos, solidez y servicios ofrecidos.

“Lo esencial es escoger una administradora que respalde y acompañe. Esto significa que el afiliado pueda consultar en el portal de clientes sus extractos y pueda conversar con su asesor financiero”, apunta Andrés Gallo de Skandia.

Mito 8

Las cesantías no generan rendimientos

Sí tienen rendimientos y dependen del portafolio en el que esté invertido este recurso. El portafolio de corto plazo es para quienes requieren utilizarlas en menos de un año. El de largo plazo se recomienda para quienes proyectan usarlas en dos años o más.

Mito 9

Los intereses de las cesantías se pueden pagar en cualquier momento

Se liquidan de manera anual o en proporción al período laborado. Su pago, por ley, se debe realizar a más tardar el 31 de enero. Para saber el valor de los intereses es necesario multiplicar el monto acumulado del año, por los días trabajados, por 0,12. Y el resultado dividirlo por 360.

Mito 10

Las cesantías no se pueden utilizar para estudios en el exterior

¿Cómo retirar las cesantías?

1. Preguntarse realmente si necesita usar el dinero de las cesantías.

2. Presentar la documentación por canal físico o digital, según el destino que les dará:

Por terminación del contrato:

- Carta del empleador autorizando el retiro.

Para compra o mejoramiento de vivienda:

- Carta del empleador autorizando el retiro y que incluya: monto que se autoriza retirar y motivo del retiro.

- Promesa de compraventa, un contrato de obra o un extracto de crédito en el caso de inmuebles

Para educación:

- Pago de matrícula, liquidación de matrícula o certificado de crédito.

- Certificado de parentesco si el pago es para el cónyuge o hijos.

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