Un fiel lector del reconocido escritor colombiano Mario Mendoza, a manera de experimento, utilizó la inteligencia artificial (IA), para que creara un texto con el estilo del autor de obras como Satanás, Cobró de sangre y Leer es resistir.
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El resultado lo dejó asombrado, tanto así, que se lo hizo llegar al propio Mario Mendoza, quien lo ha compartido con sus seguidores, quienes afirman que dicho texto realizado con IA, podría bien pasar como un texto hecho por el propio Mendoza.
Tan sólo un ejemplo de los alcances a los cuales está llegando la inteligencia artificial, la cual ha abierto una gran cantidad de debates en torno a su uso, entre ellos, si llegará a ser autora de sus propias obras.
La inteligencia artificial (IA) está revolucionando el mundo y el campo de la creación artística no es una excepción. Cada vez son más los artistas que utilizan la IA para crear obras de arte, música, literatura. Esto plantea un nuevo desafío para el derecho de autor que debe adaptarse a esta nueva realidad.
Como ocurrió a finales del año pasado con una primera canción creada con inteligencia artificial con el estilo de Bad Bunny, en un inicio, la mayoría de los millones de fanáticos del artista puertorriqueño, pensaron que era otra canción de su autoría, hasta que él mismo, algo furioso, en sus redes sociales aclaró las cosas.
Su reacción generó una ola de canciones hechas con IA con su estilo, hasta el Burrito Sabanero se versionó al estilo Bad Bunny.
Esta tecnología emergente no solo asiste en la creación artística, sino que también plantea desafíos significativos en el ámbito legal, especialmente en lo que respecta a los derechos de autor.
En general, se considera que el autor de una obra creada con ayuda de la IA es la persona que ha proporcionado la idea original y ha supervisado el proceso de creación. Sin embargo, su autoría depende de varios factores, como el grado de intervención humana en la creación de la obra, el propósito de la obra y la legislación aplicable.
“En general, las obras creadas con ayuda de la IA están protegidas por los mismos derechos de autor que las obras creadas sin ayuda de la IA. Estos derechos incluyen el derecho de reproducción, el derecho de distribución, el derecho de comunicación pública, el derecho de adaptación. También son objeto de la protección otorgada por los derechos morales de autor”, afirmó Lola Kandelaft, asociada directora del equipo de Propiedad Intelectual de CMS Rodríguez-Azuero.
En Colombia no existe jurisprudencia sobre los derechos de autor de obras creadas por la IA. Sin embargo, hay algunas decisiones judiciales que puedenser relevantes para este tema en otras jurisdicciones.
El 18 de agosto de 2023, el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito de Columbia emitió una decisión judicial federal sin precedentes en el caso Thaler vs. Perlmutter, et al., declarando que las obras generadas íntegramente por inteligencia artificial no son susceptibles de protección por derechos de autor, por falta de autoría humana.
Por su parte, en el caso de Robert Lecourt vs. Google, del 29 de marzo de 2023, el tribunal de apelaciones de París dictaminó que una obra generada por un algoritmo de aprendizaje automático no es una obra original y, por lo tanto, no está protegida por derechos de autor.
Finalmente, en el caso OpenAI vs. Epic Games, del 2 de junio 2023, el Tribunal Superior de Justicia de Inglaterra y Gales dictaminó que una obra generada por un chatbot no es una obra original y, por lo tanto, no está protegida por derechos de autor.
Según Lola Kandelaft, los derechos de autor en las obras creadas con ayuda de la IA plantean una serie de retos jurídicos en cuanto a factores como ‘La determinación del autor de la obra’.
Hasta la fecha los tribunales a nivel internacional han sido consistentes en rechazar la posibilidad de otorgar derechos a la IA. Sin embargo, esta situación podría cambiar en el futuro, a medida que la IA siga desarrollándose.
Otro de los factores son ‘La protección de los derechos morales del autor’.
Los derechos morales del autor son derechos inalienables, que protegen la integridad de la obra y el derecho del autor a ser reconocido como autor.
En el caso de las obras creadas con ayuda de la IA, puede ser difícil determinar quién es el autor de la obra y quién tiene derecho a ejercer los derechos morales.
La IA puede ser utilizada para crear obras que son indistinguibles de las obras creadas por humanos. Esto plantea el reto de proteger las obras creadas por IA de la piratería y la falsificación.
La legislación en esta materia está todavía en desarrollo y es probable que cambie en los próximos años. Es importante que los artistas, los creadores y los usuarios de la IA estén al tanto de estos retos, para que puedan proteger sus derechos de forma adecuada.