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Multa millonaria a siete empresas de vapeadores por omitir efectos nocivos de sus productos

Entre las razones, según la SIC, está la falta de información clara y suficiente sobre la nocividad de los productos, el nivel de nicotina, los tiempos de entrega y la ausencia de advertencias adecuadas en sus empaques y publicidad.

  • Según la SIC, con estas sanciones se busca proteger el derecho de los consumidores a contar con información clara en lo relacionado con productos nocivos para la salud. Foto: Carlos Velásquez
    Según la SIC, con estas sanciones se busca proteger el derecho de los consumidores a contar con información clara en lo relacionado con productos nocivos para la salud. Foto: Carlos Velásquez
19 de diciembre de 2024
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La Superintendencia de Industria y Comercio confirmó la sanción impuesta a siete empresas de vapeadores por haber cometido irregularidades en la comercialización de productos de vapeo.

La más reciente es la impuesta a Inversiones Glucloud S.A.S, por un valor de $554.480.000. Entre las razones, según la SIC, está la falta de información clara y suficiente sobre la nocividad de los productos, el nivel de nicotina, los tiempos de entrega y las condiciones para acceder a las promociones y ofertas.

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Esta decisión se suma a otros casos recientes en los que la Superintendencia confirmó distintas sanciones impuestas a personas dedicadas a la comercialización de productos de vapeo.

Una de ellas es British American Tobacco Colombia S.A.S., que comercializa los productos Vuse, con una multa de $1.113.600.000 por no informar de manera clara sobre la nocividad de sus productos, la inclusión de cláusulas abusivas en los términos y condiciones y la ausencia de advertencias adecuadas en sus empaques y publicidad, entre otras irregularidades.

Asimismo, se encuentra Lifetech S.A.S., que comercializa los productos Vapor Kingdom, con una multa de $120.640.000 por no advertir la nocividad, incluir cláusulas abusivas y vulnerar el derecho de retracto, entre otras infracciones. Por razones similares sancionaron a David Arturo Lozano, franquiciante de Lifetech, con una multa de $6.960.000; a Carlos Andrés Lozano Garzón, también franquiciante de Lifetech, con una multa de $11.600.000, por proporcionar información en un idioma distinto al castellano y por no advertir sobre los riesgos de los productos; y a DIY S.A.S., que comercializa productos de vapeo de diferentes marcas como IVG y Bombo, con una multa de $17.400.000.

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Finalmente, está Juan Sebastián Rodríguez, quien comercializa los productos de vapeo ofrecidos por DIY a través de comercio electrónico, con una multa de $9.280.000 por incluir advertencias en un idioma distinto al castellano, omitir la información sobre la nocividad de los productos y la necesidad de consultar las condiciones para su uso adecuado.

Contra las decisiones adoptadas por la Delegatura de Protección al Consumidor no procede recurso alguno.

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“Con estas sanciones, se busca proteger el derecho de los consumidores a contar con información clara y veraz, especialmente en lo relacionado con productos que puedan ser nocivos para la salud”, indicó la SIC.

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