La Superintendente de Industria y Comercio (SIC) impuso sanciones por más de $21.000 millones a las compañías Gloria, Lactalis, Hacienda San Mateo y Sabanalac “por actos de engaño”, ya que presentaron como leche entera higienizada (UAT) un producto adicionado con lactosuero.
Según la SIC, estas empresas indujeron a error a los consumidores, “quienes no cuentan con los elementos de juicio necesarios para detectar por su cuenta la presencia de esta sustancia, afectando con ello su capacidad de decisión sobre la naturaleza y calidad del producto a adquirir”.
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Adicionalmente, la Superintendencia impuso sanciones a tres de estas empresas: Gloria, Lactalis y Hacienda San Mateo, por infracción de las disposiciones que regulan el sector, al haber obtenido una ventaja competitiva significativa como resultado de la violación de las normas que prohíben la adición de lactosuero a la leche en cualquier etapa de la cadena de producción.
“Con la adición de lactosueros estas sociedades tuvieron la posibilidad de vender al mismo precio que sus competidores, ampliando con ello su margen de utilidad, o vendiendo el producto a un precio menor, aprovechándose de la venta en volumen, y afectando a los competidores que respetaron las normas”, indicó la autoridad.
En cuanto los elementos probatorios que soportan la decisión, la Superintendencia encontró que los sancionados adicionaron lactosuero a la leche, con base en los resultados de las pruebas del Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), obtenidas en el marco de visitas administrativas de inspección realizadas con la Delegatura para la Protección de la Competencia en el año 2020.
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Estas pruebas identificaron en la leche distribuida por las empresas sancionadas la presencia de altos niveles de caseinomacropéptido (CMP), un criterio que permite analizar y determinar la calidad de la leche y constatar la adición de lactosueros.
Las muestras fueron tomadas de productos identificados con las marcas Medalla de Oro, Máxima, Algarra, De la Cuesta, Alkosto Hiperahorro, Parmalat, Latti y Pomar, comercializados por las sociedades sancionadas.
A pesar de los argumentos planteados por las empresas, la Superintendencia encontró que las pruebas realizadas por el Invima “son el fundamento idóneo, pertinente y conducente para identificar el CMP”.
De esta manera, se concluyó que la presencia de tan altos niveles de ese componente solo podían ser consecuencia de la adición de lactosuero a la leche cruda.
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Por otro lado, sumado a las pruebas técnicas realizadas por el Invima, se encontró probados dos indicios económicos que daban cuenta de la adición de este elemento: primero, la presencia de lactosuero en los inventarios de algunas empresas cuyo uso no fue justificado por las investigadas en productos distintos de la leche; segundo, algunas de estas compañías, a pesar de contar con un modelo de negocio parecido a su competidor, se encontró la presencia de costos menores en los insumos, lo que daría cuenta del uso de materia prima (lactosuero) de menor valor que la leche cruda (principal insumo).
“Es importante indicar que, en el caso de Sabanalac, si bien se encontró probada la adición de lactosueros, no se encontraron elementos que dieran cuenta de la obtención de una ventaja competitiva como consecuencia de la infracción, por ende, no se encontró probada la violación de normas”, comentó la SIC.
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La decisión se encuentra en proceso de notificación y contra esta procede recurso de reposición ante la Superintendente de Industria y Comercio.