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Gobierno busca revivir, por decreto, artículos tumbados de la reforma laboral

El Ejecutivo tiene listos borradores de decreto que tienen que ver principalmente con la ampliación de derechos sindicales.

  • El ministerio de Trabajo, que lidera Gloria Inés Ramírez, dio a conocer borradores de decreto para revivir artículos tumbados de la reforma laboral. FOTO CORTESÍA
    El ministerio de Trabajo, que lidera Gloria Inés Ramírez, dio a conocer borradores de decreto para revivir artículos tumbados de la reforma laboral. FOTO CORTESÍA
25 de junio de 2024
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Por medio de una carta, el viceministro de Trabajo, Edwin Palma, dio a conocer una lista de seis borradores de decretos con los que se buscaría revivir algunos artículos de la reforma laboral que se hundieron en el primer debate en el Congreso.

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Aunque la iniciativa se salvó en la legislatura que terminó la semana pasada, varias de las propuestas de organizaciones sindicales se cayeron en la discusión en la Cámara de Representantes.

La misiva está titulada “Modificaciones normativas que se pueden hacer por decreto y que implican una reforma laboral” en la cual se plantean cambios por vía decreto a propuestas como fortalecer derechos sindicales, regular la negociación colectiva, limitar la tercerización ilegal y modernizar el derecho de huelga.

La carta asegura que las modificaciones tienen el respaldo de la jurisprudencia nacional y las recomendaciones de organismos internacionales como la OIT y la Ocde.

El decreto que sería sujeto de modificación es el 1072 de 2015, que recopila todas las normas laborales reglamentarias.

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Los decretos se refieren a diversos temas. El primero es sobre el procedimiento de Votación Sindical y Recaudo de Cuotas Sindicales, el cual busca modificar el Decreto 1072 de 2015 para mejorar el procedimiento de votación sobre huelgas y Tribunales de Arbitramento, y regular la renuncia a los beneficios de la convención colectiva por parte de trabajadores no afiliados a sindicatos.

“Que el presente decreto modifica y adiciona las normas referidas a los siguientes temas (...), el respeto por los derechos fundamentales de los trabajadores y trabajadoras y el entendimiento y diálogo social para el buen desarrollo de las relaciones laborales, entre ellas, la modificación de las facultades del Ministerio del Trabajo para comprobar las votaciones propias del artículo 444 del Código Sustantivo de Trabajo y la modificación del artículo referente al recaudo de cuotas sindicales a los trabajadores no sindicalizados que son beneficiarios de una convención colectiva”, dice el borrador de decreto.

El segundo es sobre el procedimiento y designación de árbitros en temas laborales, que detalla el procedimiento para convocar y la integración de los tribunales, incluyendo los pasos a seguir en caso de renuencia de las partes para designar árbitros.

La tercera modificación es sobre la fijación de Servicios Mínimos en Huelgas de Servicios Públicos Esenciales, el cual establecería las normas para la fijación de servicios mínimos durante las huelgas que afecten los servicios esenciales.

También se modifica la tercerización laboral, incluyendo cuándo se considera ilegal, y establece las diferencias entre tercerización e intermediación laboral.

Y finalmente, se hace una modificación para la Unificación y Regulación de la Negociación Colectiva en Colombia, que busca fomentar negociaciones basadas en el principio de buena fe, asegurando la participación equitativa de empleadores y trabajadores.

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