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Dian aclara las causas del cierre de establecimientos en Colombia por incumplir con la factura electrónica

Dian cierra 119 comercios en 2024 por no emitir facturas electrónicas. Medida busca combatir evasión fiscal y garantizar cumplimiento tributario en Colombia.

  • En 2023 se llevaron a cabo más de 50.000 visitas y solamente en 3.300 de ellas se formuló pliego de cargos. FOTO: Cortesía.
    En 2023 se llevaron a cabo más de 50.000 visitas y solamente en 3.300 de ellas se formuló pliego de cargos. FOTO: Cortesía.
21 de junio de 2024
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La Dian ha tomado medidas drásticas en lo que va de 2024: el cierre de 119 establecimientos que no han cumplido con emitir facturas electrónicas, según lo establecido en el Estatuto Tributario.

Esta acción se enmarca en un proceso riguroso que busca garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, según la entidad en un comunicado, que difundió tras la polémica de este viernes 21 de junio por el cierre de 19 establecimientos, entre ellos el famoso Piqueteadero de Doña Segunda, en Bogotá.

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“La entidad siempre se asegura de que el obligado a facturar cumpla los requisitos establecidos en el Estatuto Tributario, entre otros, para el caso de personas naturales que sus ingresos por ventas superen las 3.500 UVT, que corresponden a $148.442.000 (un promedio diario de $412.338)”, explicó la Dian.

Por ejemplo, en 2023 se llevaron a cabo más de 50.000 visitas y solamente en 3.300 de ellas se formuló pliego de cargos, lo que lleva al posible cierre del establecimiento una vez se surte el debido proceso y se otorgan todas las garantías para el derecho de defensa

El proceso se inicia con visitas de sensibilización de la Dian, donde se verifica la emisión de facturas electrónicas. Si se detectan irregularidades, se formula un pliego de cargos, dando al establecimiento la oportunidad de defenderse.

Posteriormente, la Dian evalúa las explicaciones y pruebas presentadas, decidiendo si confirma o desecha los cargos formulados.

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“Después de recibir los descargos, la Dian, basada en las evidencias recogidas y las explicaciones del responsable, puede descartar el pliego de cargos (en este caso el proceso llega hasta este punto) o confirmarlo. Esta es una etapa que, de acuerdo con la ley, puede durar máximo seis meses”, se lee en el comunicado.

En caso de confirmación, se emite una resolución que impone el cierre del establecimiento por tres días. El comercio puede apelar esta decisión dentro de un nuevo plazo de 10 días hábiles. Si el recurso no prospera, el cierre debe llevarse a cabo según lo establece la normativa, detalló la Dian.

Además, el Estatuto Tributario ofrece la opción de pagar una multa, que puede ser del 5%, 10% o 15% de los ingresos brutos del mes anterior, para evitar el cierre.

Por eso, la entidad ratificó que estos cierres son el resultado de un proceso que agota cada una de las instancias en los tiempos establecidos por la norma, los cuales están sujetos a un riguroso sustento jurídico y probatorio.

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Por eso, la Dian recalcó que estas acciones están respaldadas por la ley y buscan combatir la evasión fiscal, un delito que afecta directamente los recursos destinados a mejorar la calidad de vida en Colombia.

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